Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 13 abr/004 - Nº 26480

Ley Nº 17.752

DÍA DE RECORDACIÓN DE LOS MÁRTIRES ARMENIOS

DECLÁRASE EL DÍA 24 DE ABRIL DE CADA AÑO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo 1º.- Declárase el día 24 de abril como "Día de recordación de los mártires armenios" en homenaje de los integrantes de esa nacionalidad asesinados en 1915.

Artículo 2º.- Las emisoras del Servicio Oficial de Difusión Radiotelevisión y Espectáculos, tanto radiales como televisivas, deberán en esa fecha destinar parte de su programación a la recordación de dichos sucesos.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 10 de marzo de 2004.

JOSÉ AMORÍN BATLLE,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Montevideo, 26 de marzo de 2004.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

BATLLE.
LEONARDO GUZMÁN.
DIDIER OPERTTI.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.