Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 22 mar/004 - Nº 26469

Ley Nº 17.744

CLEMENTE LUCRECIO FUNES MOLINA

SE DESIGNA LA ESCUELA RURAL Nº 31 DEL DEPARTAMENTO DE ROCHA

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo Único.- Desígnase "Clemente Lucrecio Funes Molina" la Escuela Rural Nº 31 del departamento de Rocha, dependiente del Consejo de Educación Primaria (Administración Nacional de Educación Pública).

    Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 2 de marzo de 2004.

LUIS HIERRO LÓPEZ,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Montevideo, 15 de marzo de 2004.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

BATLLE.
LEONARDO GUZMÁN.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.