Artículo Único.- Desígnase "Clemente Lucrecio Funes Molina" la Escuela Rural Nº 31 del departamento de Rocha, dependiente del Consejo de Educación Primaria (Administración Nacional de Educación Pública).
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 2 de marzo de 2004.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |