Artículo Único.- Apruébase el Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, suscrito en la ciudad de Estocolmo, Suecia, el 22 de mayo de 2001, integrado por el preámbulo, treinta artículos, los Anexos A, B, C, D, E, F y la corrección efectuada en el Artículo 1º del texto original de la Convención (texto auténtico en español) y de los ejemplares certificados, comunicada el 21 de febrero de 2003 por el Secretario General de las Naciones Unidas.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 23 de diciembre de 2003.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |