Publicada D.O. 7 ene/004 - Nº 26418
Ley Nº 17.721
PROTOCOLO DE BUENOS AIRES
SE APRUEBA EL DE JURISDICCIÓN INTERNACIONAL EN MATERIA CONTRACTUAL
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébase el Protocolo de Buenos Aires sobre Jurisdicción Internacional en Materia
Contractual, aprobado en Buenos Aires, el 6 de abril de 1994.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, 15 de diciembre de 2003.
JORGE CHÁPPER,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Montevideo, 24 de diciembre de 2003.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro
Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
DIDIER OPERTTI.
LEONARDO GUZMÁN.
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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |