Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 7 ene/004 - Nº 26418

Ley Nº 17.721

PROTOCOLO DE BUENOS AIRES

SE APRUEBA EL DE JURISDICCIÓN INTERNACIONAL EN MATERIA CONTRACTUAL

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo Unico.- Apruébase el Protocolo de Buenos Aires sobre Jurisdicción Internacional en Materia Contractual, aprobado en Buenos Aires, el 6 de abril de 1994.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, 15 de diciembre de 2003.

JORGE CHÁPPER,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Montevideo, 24 de diciembre de 2003.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

BATLLE.
DIDIER OPERTTI.
LEONARDO GUZMÁN.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.