Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 6 ago/003 - Nº 26312

Ley Nº 17.680

CONVENCION SOBRE LA PROTECCION FISICA DE LOS MATERIALES NUCLEARES

APROBACIÓN

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo Único.- Apruébase la Convención sobre la Protección Física de los Materiales Nucleares adoptada el 26 de octubre de 1979; abierta a la firma en la Sede del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) en Viena y en la Sede de las Naciones Unidas a partir del 3 de marzo de 1980.

Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 16 de julio de 2003.

JORGE CHÁPPER,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
  MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Montevideo, 1º de agosto de 2003.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

BATLLE.
GUILLERMO VALLES.
LEONARDO GUZMÁN.
JUAN BORDABERRY.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.