Artículo Único.- Apruébanse las Enmiendas a los Artículos I, II, VIII, IX, XVI y XVII, del Acuerdo Constitutivo de Intelsat, adoptadas por la Decimonovena y Vigésima Asambleas de las Partes, (Venezuela 1994 y Dinamarca 1995), y las enmiendas a los Artículos 6 y 22 del Acuerdo Operativo, adoptadas por la Vigésima Quinta Reunión de Signatarios, Singapur, 1995.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 8 de julio de 2003.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |