Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República Federativa del Brasil sobre Permiso de Residencia, Estudio y Trabajo para los Nacionales Fronterizos Uruguayos y Brasileños y su Anexo, suscrito en la ciudad de Montevideo el 21 de agosto del año 2002.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 11 de junio de 2003.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |