Artículo Único.- Desígnase "Leyenda Patria" la Escuela Nº 18, de la ciudad de Minas, departamento de Lavalleja, dependiente del Consejo de Educación Primaria (Administración Nacional de Educación Pública).
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 4 de diciembre de 2002.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |