Publicada D.O. 24 set/002 - Nº 26099
Ley Nº 17.557
DÍA NACIONAL DE PROTECCIÓN DE LA BALLENA FRANCA AUSTRAL
Se declara el primer viernes del mes de octubre de cada año
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Declárase el primer viernes de octubre de cada año, como
"Día Nacional de Protección de la Ballena Franca Austral", con el objeto de
fomentar acciones tendientes a la preservación de esta especie.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
10 de setiembre de 2002.
LUIS HIERRO LÓPEZ,
Presidente.
HUGO RODRÍGUEZ FILIPPINI,
Secretario.
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TURISMO
Montevideo, 19 de setiembre de 2002.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro
Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
CARLOS CAT.
ANTONIO MERCADER.
JUAN BORDABERRY
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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |