Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 27 may/002 - Nº 26015

Ley Nº 17.484

AMPLÍASE LA PARTICIPACIÓN DE EFECTIVOS DEL EJÉRCITO NACIONAL EN LA OPERACIÓN DE MANTENIMIENTO DE LA PAZ DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS EN LA REPÚBLICA DEL CONGO, DESPLEGADA
A PARTIR DE LA FECHA QUE SE DETERMINA Y
AUTORIZADA POR LEY 17.299

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo Único.- Amplíase la participación de efectivos del Ejército Nacional en la Operación de Mantenimiento de la Paz de la Organización de las Naciones Unidas en la República del Congo, desplegada a partir del 8 de marzo de 2001 y autorizada por Ley Nº 17.299, de 16 de marzo de 2001, según el siguiente detalle:

- Una Sub-Unidad de Fusileros Mecanizada de 5 Personal Superior y 136 Personal Subalterno.

- Dos Sub-Unidades de Fusileros Motorizada de 5 Personal Superior y 111 Personal Subalterno cada una.

- Medios de Apoyo Logístico para estas Unidades de 9 Personal Superior y 130 Personal Subalterno.

- Una Unidad Médica Nivel 1 de 3 Personal Superior y 7 Personal Subalterno.

- Una Sección de Policía Militar de 1 Personal Superior y 9 Personal Subalterno.

- Una Unidad de Transbordo Fluvial de 8 Personal Subalterno.

- Total: 540 hombres.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 15 de mayo de 2002.

GUILLERMO ÁLVAREZ,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
 MINISTERIO DEL INTERIOR
  MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Montevideo, 22 de mayo de 2002.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

BATLLE.
ROBERTO YAVARONE.
GUILLERMO STIRLING.
DIDIER OPERTTI.

Línea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.