Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 27 may/002 - Nº 26015

Ley Nº 17.483

APRUÉBASE EL "PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN SOBRE
LOS DERECHOS DEL NIÑO RELATIVO A LA PARTICIPACIÓN DE NIÑOS EN CONFLICTOS ARMADOS" APROBADO EN LA CIUDAD DE NUEVA YORK,
EN OPORTUNIDAD DE CELEBRARSE EL 54º PERÍODO DE SESIONES
DE LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo Único.- Apruébase el "Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en conflictos armados" aprobado el 25 de mayo de 2000 en la ciudad de Nueva York, en oportunidad de celebrarse el 54º período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 8 de mayo de 2002.

ALEJANDRO ATCHUGARRY,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
  MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Montevideo, 22 de mayo de 2002.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

BATLLE.
DIDIER OPERTTI.
ROBERTO YAVARONE.
ANTONIO MERCADER.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.