Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 21 ene/002 - Nº 25934

Ley Nº 17.452

DECLÁRASE AL AÑO 2002 COMO "AÑO DE LA EDUCACIÓN VIAL"

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo 1º.- Declárase al año 2002 como "Año de la Educación Vial".

Artículo 2º.- Decláranse de interés nacional las actividades de difusión y actos académicos sobre la problemática referida, con el objetivo de:

A) Reducir el número de accidentes de tránsito mediante actividades de educación e información.

B) Que la seguridad vial sea un ámbito de respeto y solidaridad entre los miembros de la comunidad, a través de la potenciación de la sensibilidad y la reflexión de los ciudadanos.

Artículo 3º.- El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, coordinará las políticas a aplicar, así como los eventos a realizar en forma conjunta con el Ministerio de Educación y Cultura, la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), y la Comisión Nacional de Prevención y Control de Accidentes de Tránsito.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 26 de diciembre de 2001.

LUIS HIERRO LÓPEZ,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
 MINISTERIO DEL INTERIOR
  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Montevideo, 10 de enero de 2002.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

BATLLE.
LUCIO CACERES.
DANIEL BORRELLI.
ALBERTO BENSIÓN.
LUIS FRASCHINI.

Línea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.