Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 11 ene/002 - Nº 25928

Ley Nº 17.446

PANAMÁ - URUGUAY

CONVENIO PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN RECÍPROCA DE LAS INVERSIONES

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo Único.- Apruébase el Convenio entre la República Oriental del Uruguay y la República de Panamá para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones, suscrito en Panamá el 18 de febrero de 1998.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 19 de diciembre de 2001.

GUSTAVO PENADÉS,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 21 de diciembre de 2001.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

BATLLE.
DIDIER OPERTTI.
ALBERTO BENSIÓN.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.