Artículo Único.- Amplíase la participación de efectivos del Ejército Nacional en la Operación de Mantenimiento de la Paz de la Organización de las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo, desplegada a partir del 8 de marzo de 2001, cuya salida del país fuera autorizada por la Ley Nº 17.299, de 16 de marzo de 2001 en: un Comando de Batallón de 5 Personal Superior y 19 Personal Subalterno, una Compañía Mecanizada de 5 Personal Superior y 136 Personal Subalterno, una Compañía de Fusileros de 5 Personal Superior y 111 Personal Subalterno, una Compañía de Apoyo Logístico de 2 Personal Superior y 48 Personal Subalterno, una Compañía de Apoyo al Combate de 4 Personal Superior y 92 Personal Subalterno y una Sección de Policía Militar de 1 Personal Superior y 19 Personal Subalterno, a partir de noviembre de 2001 y por un período de hasta nueve meses.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 4 de diciembre de 2001.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |