Artículo Único.- Amplíase la participación de efectivos del Ejército Nacional en la Operación de Mantenimiento de la Paz de la Organización de las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo, desplegada a partir del 8 de marzo de 2001, cuya salida del país fuera autorizada por la Ley Nº 17.299, de fecha 16 de marzo de 2001, en: un Comando Unificado de Compañías, Compañía de Fusileros "B", Avanzada de Compañía de Apoyo al Combate, Avanzada de Compañía de Administración y Logística y Unidad Médica Nivel I Sub-Unidades compuestas por 13 efectivos de Personal Superior y 152 efectivos de Personal Subalterno, a partir del 13 de octubre de 2001; en carácter de Operadores para funcionamiento de Unidades Potabilizadoras de Agua: 20 efectivos de Personal Subalterno, a partir del 13 de octubre de 2001; y una Compañía de Ingenieros y Unidad Médica Nivel I compuesta por 9 efectivos de Personal Superior y 166 efectivos de Personal Subalterno, a partir del 25 de octubre de 2001 y por un período de hasta nueve meses, previéndose su relevo antes de las mencionadas fechas.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 10 de octubre de 2001.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |