Artículo 1º.- Declárase la primera semana del mes de octubre de cada año "Semana de Lucha contra el Reumatismo".
Artículo 2º.- Se declaran de interés nacional los actos académicos destinados a la difusión de los aspectos científicos y sociales de la problemática referida, que organice la Sociedad Uruguaya de Reumatología durante esa semana.
Artículo 3º.- El Poder Ejecutivo dictará la reglamentación pertinente contemplando la forma en que el Ministerio de Salud Pública participará de dichos eventos.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 3 de octubre de 2001.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |