Publicada D.O. 29 mar/001 - Nº 25736
Ley Nº 17.304
ESCLAVITUD Y TRATA DE ESCLAVOS
CONVENCION SOBRE LA ESCLAVITUD DE 1926, MODIFICADA EN LOS TERMINOS DEL
PROTOCOLO DE 1953 Y LA CONVENCION SUPLEMENTARIA SOBRE LA ESCLAVITUD DE 1956
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébanse la Convención sobre la Esclavitud de 1926, modificada en los términos
del Protocolo de 1953 y la Convención Suplementaria sobre la Abolición de la Esclavitud, la
Trata de Esclavos y las Instituciones y Prácticas Análogas a la Esclavitud de 1956.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 7 de marzo de 2001.
GUSTAVO PENADES,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Montevideo, 2 de marzo de 2001.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro
Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
DIDIER OPERTTI.
ANTONIO MERCADER.
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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |