Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 28 nov/000 - Nº 25653

Ley Nº 17.279

APRUEBASE EL PROTOCOLO DE KYOTO DE LA CONVENCION MARCO DE
LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMATICO SUSCRITO
EN KYOTO, EL LA FECHA QUE SE DETERMINA

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo Unico.- Apruébase el Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, suscrito en Kyoto, el 11 de diciembre de 1997.

   Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 14 de noviembre de 2000.

WASHINGTON ABDALA,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
  MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Montevideo, 23 de noviembre de 2000.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

BATLLE.
DIDIER OPERTTI.
ANTONIO MERCADER.
OSCAR GOROSITO.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.