Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 8 ene/999 - Nº 25189

Ley Nº 17.050

APRUEBASE   EL PROTOCOLO  DE  SAN  LUIS   EN  MATERIA  DE
RESPONSABILIDAD  CIVIL  EMERGENTE DE  ACCIDENTES  DE
TRANSITO  ENTRE LOS ESTADOS PARTE  DEL MERCOSUR,
SUSCRITO EN EL LUGAR Y FECHA QUE SE DETERMINAN

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo Unico.- Apruébase el Protocolo de San Luis en Materia de Responsabilidad Civil Emergente de Accidentes de Tránsito entre los Estados Parte del MERCOSUR, suscrito en la ciudad de Potreros de los Funes, el día 25 de junio de 1996.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 1º de diciembre de 1998.

JAIME MARIO TROBO,
Presidente.
Martín García Nin,
Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DEL INTERIOR

Montevideo, 14 de diciembre de 1998.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

SANGUINETTI.
ROBERTO RODRIGUEZ PIOLI.
GUILLERMO STIRLING.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.