Publicada D.O. 8 ene/999 - Nº 25189
Ley Nº 17.050
APRUEBASE EL PROTOCOLO DE SAN LUIS
EN MATERIA DE
RESPONSABILIDAD CIVIL EMERGENTE DE ACCIDENTES DE
TRANSITO ENTRE LOS ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR,
SUSCRITO EN EL LUGAR Y FECHA QUE SE DETERMINAN
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébase el Protocolo
de San Luis en Materia de Responsabilidad Civil Emergente de Accidentes de Tránsito
entre los Estados Parte del MERCOSUR, suscrito en la ciudad de Potreros de los Funes, el
día 25 de junio de 1996.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
1º de diciembre de 1998.
JAIME MARIO TROBO,
Presidente.
Martín García Nin,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DEL INTERIOR
Montevideo, 14 de diciembre de 1998.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro
Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI.
ROBERTO RODRIGUEZ PIOLI.
GUILLERMO STIRLING.
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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |