Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 2 jul/998 - Nº 25061

Ley Nº 16.971

MERCOSUR

PROTOCOLO DE COOPERACION Y ASISTENCIA JURISDICCIONAL
EN MATERIA CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y ADMINISTRATIVA

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo 1º.- Apruébase el Protocolo de Cooperación y Asistencia Jurisdiccional en Materia Civil, Comercial, Laboral y Administrativa, aprobado en el Valle de Las Leñas, provincia de Mendoza, República Argentina, el 27 de junio de 1992, por los cuatro Estados Parte del Tratado de Asunción.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 9 de junio de 1998.

HUGO FERNANDEZ FAINGOLD,
Presidente.
Jorge Moreira Parsons,
Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Montevideo, 15 de junio de 1998.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

SANGUINETTI.
DIDIER OPERTTI.
SAMUEL LICHTENSZTEJN.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.