Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 20 dic/995 - Nº 24442

Ley Nº 16.731

MERCOSUR

APRUEBASE EL PROTOCOLO DE INTEGRACION EDUCATIVA Y RECONOCIMIENTOS
DE CERTIFICADOS, TITULOS Y ESTUDIOS DE NIVEL PRIMARIO Y MEDIO
NO TECNICO ENTRE LOS PAISES QUE LO INTEGRAN

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo Unico.- Apruébase el Protocolo de Integración Educativa y Reconocimientos de Certificados, Títulos y Estudios de Nivel Primario y Medio no Técnico entre los países integrantes del MERCOSUR, suscrito por los Gobiernos de la República Oriental del Uruguay, República Argentina, República Federativa del Brasil y República del Paraguay, en Buenos Aires, el 5 de agosto de 1994.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 6 de diciembre de 1995.

GUILLERMO STIRLING,
Presidente.
Martín García Nin,
Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Montevideo, 12 de diciembre de 1995.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

BATALLA.
ALVARO RAMOS.
SAMUEL LICHTENSZTEJN.

Línea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.