Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 29 dic/994 - Nº 24205

Ley Nº 16.671

RONDA URUGUAY DE NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES

ACUERDOS FIRMADOS RESULTANTES DE LOS CONTENIDOS EN LA CARTA FINAL
SUSRITA EN MARRAKECH

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo 1º.- Apruébanse los Acuerdos firmados resultantes de la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales, contenidos en el Acta Final suscrita en Marrakech el 15 de abril de 1994.

Artículo 2º.- Encomiéndase al Poder Ejecutivo, en tiempo y forma, a través de los mecanismos previstos en el "Acta Final en que se incorporan los resultados de la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales":

1) Hacer uso de todos los derechos, facultades y posibilidades en materia de reservas, salvaguardias y otras disposiciones establecidas en dicha "Acta", considerando especialmente las que figuran en los Artículos 13 y 20 y en el Anexo III relativo a la aplicación del Artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994; la salvaguardia comprendida en el Artículo 6 del Acuerdo sobre Textiles y Vestido; y el trato especial y deferenciado previsto en el Artículo 27, Parte VIII, del Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias.

2) Formular las declaraciones para salvaguardar el interés nacional, ratificando la condición de Uruguay como país en desarrollo.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 2 de diciembre de 1994.

MARIO CANTON,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DEL INTERIOR
  MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
         MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Montevideo, 13 de diciembre de 1994.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

LACALLE HERRERA.
SERGIO ABREU.
ANGEL MARIA GIANOLA.
IGNACIO de POSADAS MONTERO.
RODOLFO GONZALEZ RISSOTTO.
PABLO LANDONI.
JOSE LUIS OVALLE.
MIGUEL ANGEL GALAN.
RICARDO REILLY.
GUILLERMO GARCIA COSTA.
ALBERTO GAVARONE.
MARIO AMESTOY.
MANUEL ANTONIO ROMAY.

Línea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.