Publicada D.O. 4 oct/994 - Nº 224145
Ley Nº 16.580
PROTECCION DE LAS OBTENCIONES VEGETALES
CONVENIO INTERNACIONAL SUSCRITO EN PARIS, REPUBLICA DE FRANCIA
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébase la adhesión de la República al Convenio
Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, suscrito en París el
2 de diciembre de 1961 y modificado por actas adicionales firmadas en Ginebra el 10 de
noviembre de 1972 y el 23 de octubre de 1978.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 7
de setiembre de 1994.
GONZALO AGUIRRE RAMIREZ,
Presidente.
Juan Harán Urioste,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
Montevideo, 21 de setiembre de 1994.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro
Nacional de Leyes y Decretos.
LACALLE HERRERA.
SERGIO ABREU.
MIGUEL ANGEL GALAN.
GONZALO CIBILS.
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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |