Publicada D.O. 8 nov/993 - Nº 23921
Ley Nº 16.427
CAPA DE OZONO
ENMIENDA AL PROTOCOLO DE MONTREAL RELATIVO A LAS SUSTANCIAS QUE
AGOTAN LA REFERIDA CAPA
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Apruébase la Enmienda del Protocolo de Montreal
Relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono, adoptada en la Segunda Reunión de
las Partes en el Mencionado Protocolo, celebrada en Londres, del 27 al 29 de julio de
1990.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 19 de Octubre de 1993.
LUIS A. HEBER,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
Montevideo, 28 de octubre de 1993.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro
Nacional de Leyes y Decretos.
LACALLE HERRERA.
SERGIO ABREU.
GUSTAVO CERSOSIMO.
GUILLERMO GARCIA COSTA.
PEDRO SARAVIA.
MANUEL ANTONIO ROMAY.
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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |