Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 26 oct/992 - Nº 23667

Ley Nº 16.287

APRUEBASE LA CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS
SOBRE EL DERECHO DEL MAR

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo 1º.- Apruébase la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, suscrita por la República el 10 de diciembre de 1982 en Montego Bay (Jamaica), con la declaración formulada por la Delegación de la República al amparo de lo dispuesto en los artículos 287 y 310 de dicha Convención.

    Sala de Sesiones de la Cámara de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 15 de julio de 1992.

ALEM GARCIA,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
  MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
   MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
    MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
     MINISTERIO DE INDUSTRIA ENERGIA Y MINERIA
      MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Montevideo, 29 de julio de 1992.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

AGUIRRE RAMIREZ.
JUAN ANDRES RAMIREZ.
EDUARDO MEZZERA.
IGNACIO DE POSADAS MONTERO.
MARIANO R. BRITO.
GUILLERMO GARCIA COSTA.
WILSON ELSO GOÑI.
GUSTAVO CERSOSIMO.
ENRIQUE ALVARO CARBONE.
CARLOS E. DELPIAZZO.
ALVARO RAMOS.
AMADEO OTATTI FOLLE.
JOSE MARIA MIERES MURO.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.