Publicada D.O. 26 oct/992 - Nº 23667
Ley Nº 16.287
APRUEBASE LA CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS
SOBRE EL DERECHO DEL MAR
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Apruébase la Convención de las
Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, suscrita por la República el 10 de diciembre de
1982 en Montego Bay (Jamaica), con la declaración formulada por la Delegación de la
República al amparo de lo dispuesto en los artículos 287
y 310 de
dicha Convención.
Sala de Sesiones de la Cámara de la Cámara de Representantes,
en Montevideo, a 15 de julio de 1992.
ALEM GARCIA,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA ENERGIA Y MINERIA
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
Montevideo, 29 de julio de 1992.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro
Nacional de Leyes y Decretos.
AGUIRRE RAMIREZ.
JUAN ANDRES RAMIREZ.
EDUARDO MEZZERA.
IGNACIO DE POSADAS MONTERO.
MARIANO R. BRITO.
GUILLERMO GARCIA COSTA.
WILSON ELSO GOÑI.
GUSTAVO CERSOSIMO.
ENRIQUE ALVARO CARBONE.
CARLOS E. DELPIAZZO.
ALVARO RAMOS.
AMADEO OTATTI FOLLE.
JOSE MARIA MIERES MURO.
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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |