Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 25 may/992 - Nº 23585

Ley Nº 16.249

PENSIÓN GRACIABLE

CONCÉDESE UNA A REINA REYES

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo 1º.- Concédese una pensión graciable equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales, a la educacionista maestra Reina Reyes.

Artículo 2º.- La erogación resultante será atendida por Rentas Generales.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 8 de abril de 1992.

WALTER R. SANTORO,
Presidente.
Juan Harán Urioste,
Secretario.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 10 de abril de 1992.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

AGUIRRE RAMÍREZ.
GUILLERMO GARCÍA COSTA.
IGNACIO de POSADAS MONTERO.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.