Publicada D.O. 5 dic/989 - Nº 23000
Ley Nº 16.062
CONVENCION SOBRE LA CONSERVACION DE LAS ESPECIES
MIGRATORIAS DE ANIMALES SILVESTRES
APROBACION
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Apruébase la adhesión de la
República a la Convención sobre la Conservación de las
Especies Migratorias de Animales Silvestres, firmada el 23 de junio de 1979 en Bonn,
República Federal de Alemania.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 2 de octubre de 1989.
LUIS A. HIERRO LOPEZ,
Presidente.
Héctor S. Clavijo,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
Montevideo, 6 de octubre de 1989.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro
Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI.
LUIS BARRIOS TASSANO.
ADELA RETA.
PEDRO BONINO GARMENDIA.
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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |