Artículo 1º.- Desígnase con el nombre "Rómulo Gallegos" la Escuela N° 50 de Villa Vergara, departamento de Treinta y Tres, dependiente de la Administración Nacional Educación Pública (Consejo de Educación Primaria).
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
Sala Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 14 de diciembre de 1988.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el registro Nacional de Leyes y Decretos.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |