Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 19 dic/988 - Nº 22768

Ley Nº 15.986

CONVENIO DE VIENA

SE APRUEBA EL CONVENIO DE VIENA PARA LA PROTECCION
DE LA CAPA DE OZONO Y SUS ANEXOS

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo 1º.- Apruébase el Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono y sus Anexos, hecho en Viena el 22 de marzo de 1985.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 8 de noviembre de 1988.

HUGO GRANUCCI,
Primer Vicepresidente.
Héctor S. Clavijo,
Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
  MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA
   MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
    MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Montevideo, 16 de noviembre de 1988.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

SANGUINETTI.
LUIS BARRIOS TASSANO.
ADELA RETA.
OSCAR LOPEZ.
RAUL UGARTE ARTOLA.
ALBERTO J. BRAUSE.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.