Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 7 dic/987 - Nº 22519

Ley Nº 15.904

ITALIA - URUGUAY

SE APRUEBA EL ACUERDO DE COOPERACION TECNICA

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo 1º.- Apruébase el Acuerdo de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República Italiana, suscrito el 4 de setiembre de 1987.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 3 de noviembre de 1987.

JOSE DIAZ,
2do. Vicepresidente.
Héctor S. Clavijo,
Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Montevideo, 13 de noviembre de 1987.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

SANGUINETTI.
ALBERTO RODRIGUEZ NIN.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.