Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 31 ago/987 - Nº 22452

Ley Nº 15.878

CONVENIO Nº 159 DE LA O.I.T.

SOBRE "LA READAPTACION PROFESIONAL Y EL EMPLEO DE PERSONAS INVALIDAS"

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo 1º.- Apruébase el Convenio Nº 159 sobre "La Readaptación Profesional y el Empleo de Personas Inválidas", que fuera adoptado en la Sexagésima Novena Reunión de la Conferencia Internacional de Trabajo, celebrada en Ginebra en junio de 1983.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 5 de agosto de 1987.

VICTOR CORTAZZO,
Presidente.
Héctor S. Clavijo,
Secretario.

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Montevideo, 12 de agosto de 1987.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

SANGUINETTI.
HUGO FERNANDEZ FAINGOLD.
ALBERTO RODRIGUEZ NIN.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.