Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay

Ley 15.682. Se declara de interés nacional la ejecución de un plan de mejoramiento técnico, modificandose el artículo 1° de la ley 12.934.


El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente


PROYECTO DE LEY


Artículo 1°.
Modifícase el artículo 1° de la ley 12.934 de 2 de julio de 1957, el que quedará redactado de la siguiente forma:

" ARTICULO 1° Declárese de interés nacional la ejecución de un plan de mejoramiento técnico de la explotación agropecuaria, que comprenderá la prestación de asistencia económica y técnica a los productores rurales con el fin de aumentar la producción agrícola -ganadera, utilizando entre otros, los siguientes métodos:

a) Aumento del número de potreros de los establecimientos ganaderos.

b) Disponibilidad adecuada de abrevaderos, sombra y abrigo para los ganados.

c) Incremento de la fertilidad del suelo y la producción de mejores pastos por medio de abonos; la siembra de especies forrajeras más productivas y/o regadíos.

d) Utilización adecuada del crecimiento estacional del pasto, mediante un mejor manejo del pastoreo y la conservación de forrajes.

e) Erradicación de las parasitosis y epzootias de los ganados por medio de los tratamientos y vacunaciones que la técnica moderna aconseja.

f) Prevención y control de erosión mediante prácticas de conservación de suelos.

g) Utilización de rotaciones agrícolas-ganaderas con inclusión de siembras de leguminosas en forma alternada con cultivos agrícolas con la finalidad de incrementar su producción. "

Artículo 2°.
Comuníquese, etc.


Sala de Sesiones del Consejo de Estado, en Montevideo, a 13 de noviembre de 1984.- HAMLET REYES - Presidente - JULIO A. WALLER - Secretario.

    Ministerio de Agricultura y Pesca
      Ministerio de Economía y Finanzas

Montevideo, 22 de noviembre de 1984.


Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.- GREGORIO C. ALVAREZ -CARLOS MATTOS MOGLIA - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS








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Montevideo, abril de 1998. Poder Legislativo.