Publicada D.O. 13 abr/982 - Nº 21208
*Denominada Decreto-Ley por Ley Nº 15.738
Ley Nº 15.250*
RESTITUCION INTERNACIONAL DE MENORES
SE APRUEBA EL CONVENIO ENTRE NUESTRO PAIS Y LA REPUBLICA DE CHILE
El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo 1°.- Apruébase el Convenio
entre la República Oriental del Uruguay y la República de Chile sobre Restitución
Internacional de Menores, suscrito en Montevideo, el 15 de octubre de 1981.
Artículo 2°.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones del Consejo de Estado, en Montevideo, a 23 de
marzo de 1982.
HAMLET REYES,
Presidente.
Nelson Simonetti,
Julio A. Waller,
Secretarios.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE JUSTICIA
Montevideo, 26 de marzo de 1982.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro
Nacional de Leyes y Decretos.
GREGORIO C. ALVAREZ.
ESTANISLAO VALDES OTERO.
JULIO CESAR ESPINOLA.
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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |