Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 13 abr/982 - Nº 21208
*Denominada Decreto-Ley por Ley Nº 15.738

Ley Nº 15.250*

RESTITUCION INTERNACIONAL DE MENORES

SE APRUEBA EL CONVENIO ENTRE NUESTRO PAIS Y LA REPUBLICA DE CHILE

El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente

PROYECTO DE LEY


Artículo 1°.- Apruébase el Convenio entre la República Oriental del Uruguay y la República de Chile sobre Restitución Internacional de Menores, suscrito en Montevideo, el 15 de octubre de 1981.

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.

    Sala de Sesiones del Consejo de Estado, en Montevideo, a 23 de marzo de 1982.

HAMLET REYES,
Presidente.
Nelson Simonetti,
Julio A. Waller,
Secretarios.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DE JUSTICIA

Montevideo, 26 de marzo de 1982.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

GREGORIO C. ALVAREZ.
ESTANISLAO VALDES OTERO.
JULIO CESAR ESPINOLA.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.