Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 11 dic/981 - Nº 21140
*Denominada Decreto-Ley por Ley Nº 15.738

Ley Nº 15.229*

CONVENIOS INTERNACIONALES

SE APRUEBA LA CONVENCION SOBRE EL RECONOCIMIENTO Y EJECUCION
DE LAS SENTENCIAS ARBITRALES EXTRANJERAS

El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente

PROYECTO DE LEY


Artículo 1º.- Apruébase la Convención sobre el Reconocimiento y Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras, hecha en Nueva York, el 10 de junio de 1958.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

    Sala de Sesiones del Consejo de Estado, en Montevideo, a 8 de diciembre de 1981.

HAMLET REYES,
Presidente.
Nelson Simonetti,
Julio A. Waller,
Secretarios.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DE JUSTICIA

Montevideo, 11 de diciembre de 1981.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

GREGORIO C. ALVAREZ.
ESTANISLAO VALDES OTERO.
JULIO CESAR ESPINOLA.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.