Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay

Ley 15.139


ARMADA NACIONAL


SE MODIFICAN DISPOSICIONES REFERIDAS A LA INTEGRACION DE LA COMISION CALIFICADORA PARA OFICIALES.


El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente


PROYECTO DE LEY


Artículo 1°.
Sustitúyese el inciso A) del artículo 92 de la ley 10.808, de 16 de octubre de 1946, por el siguiente:

"A)La Comisión Calificadora para Ofciales de la Armada se compondrá de tres miembros del Cuerpo General que serán Oficiales Superiores en situación de actividad, designados por el Poder Ejecutivo. La presidirá el más antiguo. El Secretario de la Comisión será un Jefe, que actuará sin voz ni voto. La Comisión calificará a los Oficiales desde Guardia Marina hasta Capitán de Fragata inclusive, o sus equivalentes de los Cuerpos que se mencionan a continuación:

1)Cuerpo de Comando: Cuerpo General.

2)Cuerpo Técnico Combatiente:

a)Cuerpo de Ingenieros de Máquinas y Electricidad;

b)Cuerpo de Aprovisionamiento y Administración.

3)Cuerpo Especialista.

4)Cuerpo de Prefectura.

5)Cuerpo Auxiliar.

Para calificar a los Oficiales de los Cuerpos mencionados en el numeral 2, apartados a) y b), la Comisión se integrará, además con los dos Oficiales Superiores más antiguos, en actividad, de los respectivos Cuerpos. Para calificar a los Oficiales hasta el grado de Mayor, inclusive, del Cuerpo de Prefectura, la Comisión se integrará con los dos Jefes más antiguos de dicho Cuerpo, en actividad.

Para calificar a los Comandantes del Cuerpo de Prefectura la Comisión se integrará con dos Capitanes de Navío, en actividad, que desempeñen cargos en la Prefectura Nacional Naval.

La Comisión Calificadora a que se refiere este artículo, además de su cometido específico, ejercerá la competencia propia de los Tribunales de Ascenso (Artículo 102, de la ley 10.808, de 16 de octubre de 1946)".

Artículo 2°.
Comuníquese, etc.


Sala de Sesiones del Consejo de Estado, en Montevideo, a 19 de mayo de 1981.

                           HAMLET REYES

                            Presidente
                         NELSON SIMONETTI
                          JULIO A. WALLER
                            Secretarios

    Ministerio de Defensa Nacional.

Montevideo, 27 de mayo de 1981.



Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

                                                   APARICIO MENDEZ
                                          ARMANDO CHIARINO AGUIRRE



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Montevideo, abril de 1998. Poder Legislativo.