Ley 15.132
TEXTO ORDENADO - 1979
SE SUSTITUYEN DISPOSICIONES REFERENTE A IMPORTACIONES DIRECTAS.
El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo 1°.
Sustitúyese el literal A) del artículo 4° del
Título 6 del Texto Ordenado - 1979, por el siguiente:
"A) Las importaciones realizadas directamente por contribuyentes"
Artículo 2°.
Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones del Consejo de Estado, en Montevideo, a 5 de mayo de 1981.
HAMLET REYES
Presidente
NELSON SIMONETTI
JULIO A. WALLER
Secretarios
Ministerio de Economía y Finanzas.
Montevideo, 7 de mayo de 1981.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
APARICIO MENDEZ
VALENTIN ARISMENDI
Montevideo, abril de 1998.
Poder Legislativo.