Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 27 jul/976 - Nº 19812
*Denominada Decreto-Ley por Ley Nº 15.738

Ley Nº 14.541*

ORGANISMO INTERNACIONAL DE ENERGIA ATOMICA - URUGUAY

ACUERDO PARA LA APLICACION DE SALVAGUARDIAS EN RELACION CON EL TRATADO SOBRE
LA NO PROLIFERACION DE LAS ARMAS NUCLEARES

El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente

PROYECTO DE LEY


Artículo 1º.- Apruébase el "Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y el Organismo Internacional de Energía Atómica para la aplicación de Salvaguardias en relación con el Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares".

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

    Sala de Sesiones del Consejo de Estado, en Montevideo, a 13 de julio de 1976.

APARICIO MENDEZ,
Vicepresidente
en ejercicio de la Presidencia.
Nelson Simonetti,
Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
  MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

Montevideo, 20 de julio de 1976.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

DEMICHELI.
JUAN CARLOS BLANCO.
WALTER RAVENNA.
ADOLFO CARDOSO GUANI.

Línea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.