SE SUSTITUYEN DISPOSICIONES RELATIVAS A LA CELEBRACION DE MATRIMONIOS.
El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo 1°. Sustitúyense los artículos 106, 107 y 109 del Código Civil, por los siguientes:
"Artículo 106. Los hijos que no hayan cumplido veintiún años de edad, cualquiera
sea su sexo, necesitan para casarse el consentimiento expreso de sus padres legítimos
y a falta de ambos el del ascendiente o ascendientes legítimos en grado más próximo.
En igualdad de votos contrarios, preferirá el favorable al matrimonio".
"Artículo 107. A falta de dichos padres, o ascendientes legítimos, será necesario
al que no haya cumplido veintiún años, el consentimiento expreso de su tutor o curador
especial (artículo 308)".
"Artículo 109. Los hijos naturales reconocidos que no hayan cumplido la edad de
veintiún años, según el artículo 106, están obligados a obtener el consentimiento
del padre o madre que los haya reconocido con las formalidades legales; y de los
dos si ambos los han reconocido y viven, siendo de aplicación para este último caso,
lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 106.
A los efectos de este artículo y los anteriores, se entenderá faltar el padre o
la madre, si han perdido la patria potestad, pero no si les ha sido simplemente limitada,
salvo resolución expresa".
Artículo 2°. Agrégase como inciso final del artículo 112 del mismo Código, el siguiente:
"No obstante, la mujer que se encuentre en las situaciones previstas precedentemente
podrá contraer nuevo matrimonio antes del lapso prefijado y siempre que hubieren
transcurrido noventa días naturales desde que se consumó su viudez, la separación
personal o se ejecutorió la sentencia de nulidad respectiva, si acreditare que no
se encuentra embarazada, mediante certificación de médico especialista, la que se
agregará al expediente respectivo".
Artículo 3°. Derógase el numeral 15 del artículo 352 del Código Civil.
Artículo 4°. Agrégase al artículo 353 del Código Civil, como numeral once, el siguiente:
"Los integrantes en actividad de las Fuerzas Armadas y Policiales".