COOPERATIVA DE OBREROS Y EMPLEADOS DEL FRIGORIFICO NACIONAL
SE FACULTA AL BANCO DE LA REPUBLICA PARA CONCEDERLE UN PRESTAMO
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1°. Facúltase al Banco de la República Oriental del Uruguay para conceder a la Cooperativa
de Obreros y Empleados del Frigorífico Nacional, un préstamo de $ 50:000.000.00 (cincuenta
millones de pesos).
Artículo 2°. La Cooperativa de Obreros y Empleados del Frigorífico Nacional pagará dicho
préstamo en cien cuotas trimestrales consecutivas, de amortización e interés, debiendo
efectuar el pago de la primera, el 1.o de enero de 1973.