Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 10 jun/970 - Nº 18328

Ley Nº 13.859

ARMAS NUCLEARES

TRATADO SOBRE LA NO PROLIFERACION DE LAS MISMAS

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo 1º.- Apruébase el "Tratado sobre la no Proliferación de las Armas Nucleares", firmado en Washington el 1º de julio de 1968.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 20 de mayo de 1970.

FERNANDO ELICHIRIGOYTI,
Presidente.
José Pedro Isasa,
Prosecretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Montevideo, 4 de junio de 1970.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

PACHECO ARECO.
JORGE PEIRANO FACIO.
General CESAR R. BORBA

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.