Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay

Ley N° 13.804


DON AQUILES ESPALTER


SE DISPONE TRIBUTAR HONORES DE MINISTRO DE ESTADO A SUS RESTOS


PODER LEGISLATIVO,


El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:



Artículo 1°.
Tribútense a los restos del señor Aquiles Espalter, los honores previstos por el Código Militar para los Ministros de Estado.

Artículo 2°.
Los gastos del sepelio serán costeados por el Tesoro Nacional.

Artículo 3°.
Comuníquese, etc.


Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 19 de diciembre de 1969.

HUGO BATALLA
Presidente
Andrés M. Mata
Prosecretario

    Ministerio de Cultura.
      Ministerio de Defensa Nacional.
       Ministerio de Hacienda.

Montevideo, 3 de diciembre de 1969.



Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

PACHECO ARECO.
FEDERICO GARCIA CAPURRO.
General ANTONIO FRANCESE.
CESAR CHARLONE.



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Montevideo, abril de 1998. Poder Legislativo.