Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay

Ley N° 13.799


CONVENIO CON HUNGRIA


SE APRUEBA EL CONVENIO DE CREDITO DE SUMINISTRO DE BIENES DE CAPITAL.


PODER LEGISLATIVO,


El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:




Artículo 1°.
Apruébase el Convenio de Crédito de Suministro de bienes de Capital firmado por el Gobierno de la República con el de la República Popular de Hungría, de fecha 11 de noviembre de 1967.

Artículo 2°.
Comuníquese, etc.


Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 19 de diciembre de 1963.

HUGO BATALLA
Presidente
Andrés M. Mata
Prosecretario



    Ministerio de Relaciones Exteriores.
      Ministerio de Industria y Energía.

Montevideo, 3 de diciembre de 1969.



Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

PACHECO ARECO.
VENANCIO FLORES.
JULIO MARIA SANGUINETTI.



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Montevideo, abril de 1998. Poder Legislativo.