Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 10 ene/966 - Nº 17263

Ley Nº 13.462

ARGENTINA - URUGUAY

TRATADO DE LIMITES EN EL RÍO URUGUAY

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo 1º.- Apruébase el Tratado de Límites en el Río Uruguay, entre la República y la República Argentina, suscrito en Montevideo el 7 de abril de 1961.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 28 de diciembre de 1965.

MARTIN R. ECHEGOYEN,
Presidente.
Luis N. Abdala,
Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Montevideo, 30 de diciembre de 1965.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

Por el Consejo:


BELTRAN.
LUIS VIDAL ZAGLIO.
Modesto Burgos Morales,
Secretario.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.