El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.
Apruébase el Tratado de Comercio y Navegación firmado por los Plenipotenciarios de
la República Oriental del Uruguay y de la República del Paraguay con fecha 26 de
Diciembre de 1938.
Artículo 2º.
Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 26 de abril de 1939.
CYRO GIAMBRUNO,
Presidente.
GILBERTO ECHEVERRY,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Montevideo, Abril 28 de 1939.
Cúmplase, acúsese recibo, publíquese, comuníquese e insértese.
BALDOMIR.
ALBERTO GUANI.
Montevideo, marzo de 1999. Poder Legislativo. |