Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
*Publicada en la Comp. de leyes Tomo 13, pág. 366

Ley Nº 1.587

TRATADO DE PAZ Y AMISTAD CON ESPAÑA

Su aprobación

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo 1º.- Apruébase el tratado de reconocimiento, paz y amistad negociado entre la República y el Reino de España en 19 de Julio de 1870.

Artículo 2º.- Para el cumplimiento de la obligación contraída por los artículos 4º y 5º del referido Tratado, autorízase al P.E. para determinar la deuda necesaria, estipulando sus condiciones de pago, dando cuenta inmediatamente a la Asamblea General y estando a su resolución.

Artículo 3º.- Comuníquese, etc.

Sala de Sesiones de la H. C. de Senadores, en Montevideo, a 9 de Setiembre de 1882.

Alberto Flangini,
Presidente.
Francisco Aguilar y Leal,
Secretario.

Montevideo, Setiembre 9 de 1882.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese al Gobierno de su Magestad Católica procédase al canje de las rectificaciones correspondientes y publíquese.

SANTOS.
MANUEL HERRERA Y OBES.

*Compilación de Leyes y Decretos de los autores Enrique Armand Ugón, Luis Arcos Ferrand, Julio C. Cerdeiras Alonso y César Goldaracena.
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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.