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COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN Y LEGISLACIÓN

(Sesión celebrada el día 26 de abril de 2022).

 

SEÑOR PRESIDENTE.- Habiendo número, está abierta la sesión.

(Son las 15:08).

                –Damos la bienvenida a las autoridades del Inumet aquí presentes: el presidente, coronel retirado Pablo Cabrera; el vicepresidente, doctor Rubén Sebastián Pintos; el director, doctor Diego Plada, y los asesores, doctores Gustavo Nasta y Esteban Luca, a quienes hemos convocado para saber en qué estado se encuentra el estatuto, por lo que les cedemos el uso de la palabra.

SEÑOR CABRERA.- Buenas tardes. Agradecemos esta oportunidad que nos dan para explicar, como habíamos hablado hace unos días, la situación en que se encuentra el estatuto.

                Su elaboración comienza en 2018, es decir, con directorios anteriores, a pesar de haber sido promovido en la ley por la que se crea el Inumet.

                Como decía, este estatuto se inició con los directorios anteriores, principalmente con el que me antecedió, pero, en lo personal –asumí funciones el 21 de diciembre–, ya venía trabajando con el señor vicepresidente y el señor director del instituto para lograr un mayor entendimiento con la ATMN –Asociación de Trabajadores de Meteorología Nacional– a fin de obtener un proyecto más acabado e ir subsanando las distintas diferencias que teníamos.

                Eso fue lo que hablé con el señor senador Domenech, con quien me comuniqué particularmente y le dije que estábamos interesados en la instancia, aunque el documento –gracias a Dios y a los trabajos que se han realizado– ha ido mejorando con respecto al que se tenía en 2018.

En definitiva, estamos acá por esa idea y para entregar un borrador de este estatuto en el que –reitero– se logró algo más sistémico, más organizado y más armonioso, en conjunto con el sindicato. Naturalmente, puede haber cosas para mejorar, pero consideramos que es un documento más acabado que permitiría al instituto contar con algo que necesita y que es esta herramienta para consolidar y dar reglas definidas en el entramado de funcionarios. Ese texto ya está a nivel del Poder Ejecutivo y en breve llegará al Parlamento, pero queríamos traerles el borrador para que tuvieran en su poder el texto sobre el que se va a trabajar, que no será el del proyecto de 2018.

SEÑOR PRESIDENTE.- ¿Podría resumirnos las principales modificaciones?

SEÑOR PINTOS.- Me gustaría resaltar la importancia que tendría para el Inumet contar con un estatuto. Como se dijo anteriormente, el servicio descentralizado fue creado por la Ley n.° 19158, de octubre de 2013, y allí se establecía el mandato de que el Inumet debería elaborar un proyecto de estatuto para ser sancionado en el Parlamento. Si bien ese proyecto se hizo, como ustedes saben, nunca se logró su aprobación.

Reitero que es de suma importancia para el instituto tenerlo. En ese marco, logramos reiniciar las «negociaciones» –dicho entre comillas– con el sindicato, a los efectos de concretar un documento consensuado. Obviamente, hay algunos puntos –sobre todo los que tienen que ver con la reestructura– que fueron impugnados por la acción de nulidad y en esos no hay acuerdo, pero insisto en que es muy importante aprobar una norma –aunque después se le hagan modificaciones–, entre otras cosas para cumplir con lo que establece la ley por la que se lo crea. Hace muchos años que estamos sin ningún tipo de normativa y eso lleva a que, permanentemente, trabajemos con resoluciones del directorio. Si bien se ha mantenido el funcionamiento y se ha respetado lo que se hacía antes, entendemos que es imprescindible uniformizar la forma de trabajar de los distintos funcionarios, que tienen la particularidad de contar con regímenes diferentes. ¿Por qué motivo? Porque muchos vienen de la ex Dirección Nacional de Meteorología, donde había tres tipos de funcionarios: civiles, equiparados a civiles y militares. Eso, sumado a los observadores y a los administrativos, lleva a que tengamos muchas formas de relacionamiento laboral que, en definitiva, nos perjudica porque no hay uniformidad ni claridad acerca de cómo se debe trabajar.

                En definitiva, creo que lo más importante es aprobar el estatuto en la forma en que hemos acordado con el sindicato; aproximadamente el 75 % del articulado fue consensuado. Se podrá seguir conversando sobre algunos detalles, pero lo importante es haber podido avanzar en esto.

                Si el señor presidente lo permite, cedo el uso de la palabra al doctor Plada, que ha trabajado intensamente en estos artículos, a los efectos de que evacúe las dudas que hayan surgido.

SEÑOR PLADA.- Muchas gracias por recibirnos.

                En primer lugar, como dijeron el presidente y el vicepresidente, la gran ventaja de este proyecto de estatuto –que actualmente está en el ámbito del Poder Ejecutivo y que confiamos que en las próximas semanas llegue formalmente al Parlamento– es que surge como producto de un consenso.

Los señores senadores deben recordar la comparecencia del directorio y del sindicato ante esta comisión en junio o julio del año pasado y que, prácticamente, no había ningún punto de acuerdo o que el sindicato no estaba a favor de su aprobación. Luego de una larga negociación, que se extendió desde agosto hasta diciembre, se llegó a un acuerdo en varios puntos y, básicamente, se encuentra reflejado en esta iniciativa, salvo en los artículos que refieren a la estructura del organismo. ¿Por qué? Porque junto al proyecto inicial de estatuto del año 2018 hay un decreto de reestructura aprobado y vigente, pero actualmente está impugnado ante el TCA. Entonces, este directorio entendió que no era sano y que tampoco correspondía introducir cambios en ese decreto vigente porque primero está ese proceso ante el TCA. Al respecto, ya pasó la etapa de los alegatos, se está en la etapa del procurador del Estado en lo Contencioso Administrativo y calculamos que para fin de año vamos a tener una sentencia. Por todo esto, entendimos que esos artículos debían quedar como estaban porque es nuestra estructura vigente. A su vez, como manifestó el sindicato en su comparecencia de julio del año pasado, hay un proyecto a nivel general sobre una posible reestructura de la Administración central. Por ello, decidimos postergar los eventuales cambios a ese decreto de reestructura vigente.

SEÑOR PRESIDENTE.- Entonces, en este proyecto de estatuto, ¿hay alguna norma que, de alguna forma, se remite a esa reestructura que está impugnada ante el TCA?

SEÑOR PLADA.- Sí. Lo que pasó fue que el decreto de reestructura, n.º 270/018, salió junto con el proyecto original de estatuto. Claramente el proyecto de estatuto que esta comisión tenía hasta el día de hoy refiere a escalafones, grados y estructura de jefaturas que están contenidas en ese decreto que actualmente está impugnado. Esa parte  comprende básicamente los artículos 14 a 26 y 37 a 44, que son los que, insisto, refieren al decreto de reestructura n.º 270/018.

SEÑOR PINTOS.- Esto es lo que está impugnado por el sindicato y respecto a lo cual ya hay un informe del procurador del Estado en lo Contencioso Administrativo favorable a la Administración. Esto lo decimos a modo informativo.

SEÑOR CABRERA.- En la exposición de motivos está marcado exactamente cuál es el articulado y por qué se establece. Concretamente, se destaca que no se ha alcanzado acuerdo en los artículos 14 a 26 y 37 a 44, relativos a la nueva reestructura del instituto aprobada, reitero, por el Decreto n.º 270/018. Actualmente, la acción de nulidad interpuesta contra el acto que la aprobó se está sustanciando ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo. En los motivos expuestos se detalla cuáles no se tocaron y cuáles así y cuál fue el espíritu del cambio en función del consenso obtenido con el sindicato.

SEÑOR  PLADA.- Siguiendo con lo que veníamos diciendo, es importante destacar el punto de partida, es decir, cuándo este directorio se abocó a la negociación de un nuevo proyecto de estatuto, que es el punto de partida que ustedes conocen por las comparecencias, tanto del directorio como del sindicato. Es un instituto que tiene una multiplicidad de normas en cuanto al compromiso horario y a las remuneraciones. Es un instituto en conflicto sindical.

Ese fue el punto de partida y entendemos que el de llegada es un estatuto de consenso, un cuerpo codificado y armónico que pretende seguir un poco con el ordenamiento del instituto, que es relativamente nuevo, ya que fue creado en 2013.

A su vez, esto nos permitiría seguir dotando de normativa al instituto. Por ejemplo, ahora corresponde abordar el Manual de descripción de cargos y de reglamento interno, lo que va a permitir hacer concursos, ya que desde 2010 no se realiza ninguno. Entendemos que es una situación totalmente anómala, atípica, que justamente queremos solucionar.

                En cuanto a los cambios en el articulado, en la exposición de motivos hicimos una descripción, artículo por artículo, de los cambios principales. No sé si los señores senadores tienen en su poder la exposición de motivos o si prefieren que la leamos.

SEÑOR PRESIDENTE.- La tenemos, así que no es necesaria su lectura.

SEÑOR PINTOS.- Por supuesto que nosotros estamos dispuestos a tener otras instancias de este tipo, porque me imagino que no han estudiado este proyecto con la profundidad de estilo, ya que aún no ha ingresado formalmente.

SEÑOR CABRERA.- La idea es ir dando forma a eso que está establecido por ley hace diez años. Actualmente, la relación con el sindicato es buena, logramos estos consensos y creo que eso es algo que tiene una real significación. Como hablábamos con la gente, si bien nosotros representamos a la parte ejecutiva, también es cierto que estamos de paso, y el que tiene que quedarse es el funcionario, por lo que, en ese sentido, debe tener las garantías necesarias en cuanto a lo que es su carrera.

                Hay que decir también que en el instituto hay una cantidad de objetivos por cumplir, no solo de cambio estratégico, sino en la forma de visualizar la meteorología. Me refiero, por ejemplo, a lo que es el Sistema Nacional de Aeropuertos Internacionales, ya que eso va a cambiar la manera de presentar la meteorología. Para lograr a cabalidad ese cumplimiento que nos pide la nación, también debe cumplirse que el funcionario esté correspondido, como debe ser, en los estatutos establecidos. Como recién se decía, hubo consensos y, sin duda, hay que seguir trabajando. Las puertas del directorio, y en lo personal la del presidente, están siempre abiertas para el funcionario y para quien desee hablar o brindar una idea o una crítica constructiva de manera positiva. Eso, sin duda, es así.

                Hasta ahora lo que se ha venido haciendo es mantener las buenas prácticas, pero ya no podemos seguir de esa manera y por eso nos urge llegar a este punto. En lo personal, lamento que cuando me llamaron lo hicieron por el anterior y nosotros  estábamos en pleno proceso de terminar este. De todos modos, agradecí y dije que quería estar en esta instancia y en las que vendrán porque realmente considero que a esto hay que darle continuidad –ya está en las líneas ejecutivas para llegar aquí– y también debemos estar atentos para hacer un análisis todas las veces que se considere necesario. Realmente, pensamos que es una herramienta fundamental para este momento, que luego nos permitirá empezar a trabajar en la idea de que estamos elaborando de instaurar en el Instituto Uruguayo de Meteorología un sistema de gestión de calidad porque hoy en día no lo tenemos. En ese sentido, debemos contar con lo básico para empezar a trabajar y primero deben conocerse las reglas de juego que el instituto tiene en sí.

SEÑORA BIANCHI.- Buenas tardes y muchas gracias.

                De la exposición de motivos se desprende bastante esa composición –quizás esa no sea la palabra más exacta– que ustedes hicieron en cuanto a lo que teníamos, lo que estaba en proceso y lo que saldría del Poder Ejecutivo. Queda claro cuando recogen algunos de los artículos impugnados en el decreto; además, por lo que observé, el decreto a veces pasaba a ser más ley que decreto –cosa que era bastante frecuente– y eso traía aparejados muchos problemas. Según entendí, ustedes hablaron de que recogieron prácticamente un tercio o no sé si se refirieron al 75 %.

Pasando raya, por más que lo hayamos leído ‒ustedes lo tienen mucho más claro que nosotros‒, en cuanto a la acción que está en el TCA, me interesaría saber si hay alguna cosa que ustedes, como autoridades, consideren importante que esté pendiente de resolución y que después pueda hacer caer algún aspecto de la ley, más allá de que estoy de acuerdo. El tema de la meteorología lo estoy escuchando desde el primer quinquenio del período democrático –de 1985 a 1990– y seguimos dando vuelta. Hubo todo un proceso muy largo para sacarlo del Ministerio de Defensa Nacional.

No soy partidaria de demorarlo más, pero me gustaría que ustedes nos pudieran decir –negro sobre blanco– si de lo que está impugnado, que no pudo ser recogido, queda algo importante como para discutirlo a nivel político y corregirlo.          No sé si fui clara en la pregunta. 

                Muchas gracias.

SEÑOR PLADA.- Referente a la acción de nulidad que está en el TCA, en primer lugar, este organismo no tiene competencia sobre una eventual ley. O sea, el TCA no impugnaría lo que se aprobara acá.

SEÑORA BIANCHI.- Perdón, creo que me confundí. Apunto a si eso nos puede traer problemas con el sindicato.

                Pedí una interrupción porque estaba pensando en el sindicato y entiendo que si este fue el que impugnó, cuando tengamos la ley inmediatamente podrían surgir problemas.

SEÑOR PLADA.- Lo sustancial de la impugnación ante el TCA del decreto de reestructura del año 2018 refiere a un asunto previo de falta de negociación colectiva y, a su vez,  al volcado de la estructura anterior de la Dirección Nacional de Meteorología al Inumet. En ese sentido, el sindicato ha sido muy crítico porque se han sentido perjudicados pues, por ejemplo, escalafones y grados, B7 y B8, fueron volcados a un escalafón más bajo, previo informe de la Oficina Nacional del Servicio Civil. A su vez, el sindicato ha sido muy crítico a nivel del espíritu que anima el decreto de reestructura. Si se quiere, es un tema más político y no tanto jurídico porque no está en la acción de nulidad propiamente. A nivel de los artículos que figuran en este proyecto presentado y que son recogidos del decreto de reestructura, entendemos que no hay ningún artículo que pueda tener algún tipo de inconveniente en cuanto a su legalidad. No son parte de la acción de nulidad los artículos que están recogidos aquí.

SEÑORA BIANCHI.- Gracias.

SEÑORA ASIAÍN.- Habida cuenta de que está la mencionada acción de nulidad –que no sé si es con respecto a todo el decreto de 2018 o a algunos de los artículos– y que son esos mismos artículos o algunos de ellos los que están incorporados en el proyecto de ley, me pregunto si no hay espacio para una negociación con el sindicato, ya que se llegó a un acuerdo sobre el 75 % del articulado. Me preocupa aprobar este proyecto de esta manera –es algo parecido a lo que planteaba la senadora Bianchi–, antes de un pronunciamiento que sé que no es vinculante para nosotros pero, evidentemente, es un tribunal que juzga la juridicidad de los actos, en este caso, de este decreto y, además, está cuestionado por el sindicato.

                Me imagino que no se puede desglosar porque el estatuto quedaría como sin articulación. Por eso pregunto si se puede avanzar en la negociación.

                Quizás ustedes tengan la respuesta y nos puedan decir si ya se agotaron todas las instancias de negociación. Me interesa conocer los pormenores de la interna y si hay alguna postura inamovible de parte del sindicato o de alguna de las partes.

                Gracias.

SEÑOR PLADA.- El sindicato está completamente en contra del proyecto de reestructura. Hay muy pocos puntos de coincidencia entre lo que dice el Decreto n.° 270/018 y la estructura anterior, que básicamente era querida por el sindicato. Entonces, es casi imposible. Nosotros nos encontramos con una situación en la que había una estructura vigente desde 2018 –o sea, cuando entró en vigencia el decreto, a diferencia de lo que ocurrió con el estatuto–, con un organigrama en la institución y donde el día a día de la gestión ya estaba en funcionamiento. Siendo tantas las diferencias entre la estructura anterior previa al decreto y la nueva de 2018, sinceramente no vimos ninguna posibilidad de lograr acuerdos en ese sentido.

                Asimismo, como decíamos, entendemos que los artículos, los escalafones y los grados no corren riesgo de juridicidad en cuanto a la sentencia del TCA. Entendemos que, eventualmente, la sentencia del TCA puede referir a otros aspectos. Sin embargo, nos pusimos a disposición –y el sindicato lo tomó a bien– para introducir algunos cambios eventuales a esa reestructura, agregando algunos grados sin tocar los escalafones. El hecho es que los escalafones son muy cortos y tienen nada más que cuatro grados cuando en la estructura anterior había quince o dieciséis grados. En posteriores instancias de negociación colectiva con el sindicato o quizás a través de una rendición de cuentas planteamos la posibilidad de agregar alguna modificación puntual, pero para eso nos gustaría tener la sentencia del TCA y a su vez contar como insumo con el proyecto de la Oficina Nacional del Servicio Civil, del doctor Conrado Ramos. Por eso nos pareció que quizás este no era el momento de tocar esos artículos ni lo que estaba vigente. Me refiero, reitero, a esperar la sentencia del TCA y a contar con eventuales proyectos que, si bien refieren a la Administración central, podrían ser usados como modelo. En síntesis, nos pareció conveniente esperar un poco antes de realizar cambios al decreto de reestructura actual.

SEÑOR PRESIDENTE.- ¿Quiere decir que en el caso de que la sentencia del TCA sea adversa y anule la reestructura, las normas contenidas en este proyecto de ley no obstan a modificarla?  ¿Las normas de esta iniciativa no recogen la reestructura?

SEÑOR PLADA.- La recogen en cuanto a los escalafones y a los grados de la reestructura. El decreto de reestructura contiene escalafones y una escala de grados que son recogidos en este estatuto. Eso es así, pero entendemos que no corre riesgo de ser modificado por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo.

SEÑORA ASIAÍN.-  Con respecto a los artículos señalados –14 a 26 y 37 a 44–, ¿la propuesta del directorio es desglosarlos, no aprobarlos en esta instancia y dejarlos en suspenso? Pido disculpas, pero no comprendí bien esa parte de la exposición.

SEÑOR PLADA.- Nuestra propuesta es que se apruebe el estatuto tal como fue presentado al Poder Ejecutivo y como próximamente será remitido al Senado, incluyendo los artículos que refieren a los escalafones y a los grados.

                De hecho, esa estructura recogida en esos artículos es la vigente y la que nos permite funcionar actualmente.

SEÑOR RUBIO.- Buenas tardes. Con gusto los recibimos en la comisión.

                A los efectos de saber si entiendo bien, pregunto si ustedes están funcionando de acuerdo con una estructura que fue aprobada en 2018 y que, a su vez, ha sido incorporada a este proyecto de ley que la comisión está considerando. Simultáneamente, esa estructura fue impugnada y está en el TCA. Por otro lado, el Poder Ejecutivo debería enviar este texto.

                Es decir que la comisión se encuentra en una especie de transición porque aún no tiene el texto del Poder Ejecutivo –que ustedes, gentilmente, nos adelantan para formarnos una idea–, hay un proceso ante el TCA y, por otro lado, hay una estructura concreta de funcionamiento. Además, viene una rendición de cuentas en donde muy probablemente haya cambios de tipo general –si no comprendí mal– que pueden incluir modificaciones solo a nivel de la Administración central. ¿Es así?

SEÑOR PLADA.- Nosotros solo lo podemos utilizar como modelo.

SEÑOR RUBIO.- Perfecto. Quería entender en qué punto estamos ubicados.

SEÑORA BIANCHI.- Tal vez pude haber contribuido a la confusión.

                Supongamos que el instituto perdiera la acción ante el TCA. Entonces, como ahora tendría rango de ley lo que antes tenía categoría de reglamento, el sindicato tendría que iniciar una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia. Si más o menos entendemos el proceso –la vez pasada nos reunimos con las otras autoridades y recuerdo que si bien el sindicato discrepaba con ellas, tenía una muy buena formación técnica, cosa que nos llamó la atención porque el conocimiento técnico a veces se da y otras no tanto–, estaríamos en una situación en la que ustedes ya casi no pueden negociar más. Nosotros no legislamos para ninguna corporación. En todo caso, legislamos, como corresponde, sobre lo que viene del Poder Ejecutivo o lo que es iniciativa nuestra, en este caso del Poder Ejecutivo.

                Si el sindicato ganara la acción, como ya no es un decreto sino una ley, no nos afectaría y tendrían que interponer un recurso de inconstitucionalidad. Repito algo que ya dije: me parece que esto debe resolverse de una buena vez por razones de gestión. Siempre hay tiempo de hacerle retoques.

SEÑOR PINTOS.- En función de lo manifestado por la senadora Bianchi, si el resultado del TCA es negativo para la Administración, va a haber una ley que contradiga lo que resolvió el TCA, pero eso no es vinculante. La ley va a estar en el sentido contrario y «los perjudicados» –entre comillas– podrán a iniciar el trámite correspondiente, que es la acción de inconstitucionalidad.

                Creo que también es justo decir en qué etapa está este proceso y lo que nosotros visualizamos. Ya se pronunció la PECA y dijo que era acertado lo resuelto por la Administración. Pensamos, entonces, que el tribunal también va a mantenerlo y, si bien no es vinculante, de alguna manera, es mejor que sea favorable a que no lo sea.

                Asimismo, considero que es bueno saber que desde el 2013 hasta ahora hemos funcionado de esa forma, a pesar de las dificultades. Creo, entonces, que es importantísimo que el proyecto de ley se pueda aprobar de una vez por todas, sin perjuicio de que después se le introduzca alguna modificación.

                Una de las cosas que decía el sindicato es que, por ejemplo, en el caso de que se tuviera que destituir a un funcionario, por estar antes en el Ministerio de Defensa Nacional se requería la venia del Senado, cosa que ahora no sería así por ser un servicio centralizado. Y hay un porcentaje de funcionarios –creo que son alrededor de treinta– que se encuentran en esa situación. También podría ser posible hacer una excepción para los que en teoría tienen derecho adquirido. Creo que estaríamos perdiendo la oportunidad de aprobar el proyecto de ley tal cual va a venir porque, desde que llegó el primero, nunca se pudo acordar absolutamente nada con el sindicato y ahora, mal o bien, la mayoría de las cosas están acordadas.

SEÑOR PLADA.- Continuando con el razonamiento acertado de la senadora Bianchi, en definitiva entendemos que estos artículos que recogen el decreto de reestructura no forman parte de la sustancia de la acción de nulidad ante el TCA. Se trata de artículos neutros –para decirlo de alguna manera– porque hablan de escalafones, de grados y de la organización que necesariamente tiene que estar presente en un estatuto. Se recogen sí del decreto impugnado pero, como ya dijimos, no son el aspecto central.             

Por otro lado, como decía el doctor Pintos, además de estos artículos hay uno en particular, el artículo 88 del proyecto, que habla de la amovilidad de los funcionarios del Inumet. Este artículo también está en debate y esperamos que la comisión haga sus aportes o consideraciones al respecto. Básicamente, haciendo una especie de resumen como dijo el doctor Pintos, lo que sucedió fue que los funcionarios de la Dirección Nacional de Meteorología, dependiente del Ministerio de Defensa Nacional, como forman parte de la Administración central son inamovibles en el sentido de que se requiere la venia del Senado para su remoción. En 2013 se crea el Inumet como un servicio descentralizado y por su propia naturaleza, sus funcionarios son amovibles, lo que implica que no se requiere la venia del Senado. A su vez, en un artículo de la ley de creación del Inumet se dice que hasta tanto no se apruebe el estatuto –teníamos el plazo de un año en el 2013, pero todavía no se aprobó– los funcionarios se rigen por la Ley n.º 19121, Regulación del Estatuto del Funcionario Público de la Administración Central, que justamente habla de inamovilidad. Entonces, se generó una discusión jurídica en cuanto a qué pasaba con los funcionarios del Inumet, si se necesitaba venia del Senado para su destitución. La Ley n.º 19438 establece en su artículo 137 que se rigen por la Ley n.º 19121, siempre y cuando no esté en contra de la naturaleza del servicio descentralizado. Por lo tanto, esta ley dispone que son amovibles; esa es la posición actual del TCA y del procurador del Estado en lo Contencioso Administrativo. A instancias de nuestro departamento jurídico entendemos que el artículo 88 justamente dice que los funcionarios son de carácter amovible y que es lo que corresponde por la naturaleza del servicio descentralizado. Sin embargo, el sindicato va a proponer que los funcionarios que hayan ingresado antes del 2013 mantengan el derecho –en sí no es un derecho, sino más bien  un formalismo o una garantía quizás– de contar con la venia del Senado para su destitución. Nosotros estamos abiertos a escuchar los aportes de la comisión al respecto. Eventualmente, serían los artículos que se podrían modificar.

SEÑOR CABRERA.- Redondeando la idea que está planteando el director, quiero agregar que nos encontramos con esta coyuntura de quienes estaban en el TCA y si bien no vamos por su totalidad, nos interesa empezar a lograr ciertas metas que consideren todo el entramado que se necesita para llevar adelante un instituto como el Inumet. La especificidad en la función hace que si bien son funcionarios públicos, se necesite un manejo distinto, por ejemplo, de la carga horaria porque se hacen guardias de doce horas o se producen situaciones adversas desde el punto de vista meteorológico y hay que reforzar. Por lo tanto, no se trata de horarios de ocho horas o de uno preestablecido. También hay funcionarios que tienen distinta naturaleza porque provienen de organismos distintos, pero la idea es empezar a caminar y está claro que no son cosas que van a quedar esculpidas en piedra, sino que seguiremos negociando. Las puertas están abiertas para negociar una y mil veces y el sindicato o el funcionario que viene a golpear la puerta lo tienen más que claro. Siempre serán bien atendidos, pero la idea es empezar a transitar un camino que se debería haber recorrido hace años.

SEÑORA ASIAÍN.- Pido si nos pueden alcanzar el dictamen del procurador del Estado en lo Contencioso Administrativo y me gustaría saber si recuerdan quién lo firmó.

En cuanto a la inquietud planteada por el sindicato relativa a la pérdida de un beneficio, la inamovilidad –me refiero a esto que ustedes ya relataron–, y a una posible ley interpretativa, creo que podríamos evaluarlo en la comisión a los efectos de no perjudicar los derechos adquiridos, ya que el cambio de la naturaleza jurídica del instituto no puede redundar en perjuicio del funcionario. Entonces, quizás los que ya estaban, se mantengan, pero a futuro, no.

SEÑOR NASTA.- Quiero hacer una puntualización que no es menor porque personalmente tuve la oportunidad de estar en su momento en la conversación con los funcionarios representados por la ATMN. Su planteo parece muy razonable y parte de la evaluación que se hizo en ese momento fue que quienes estaban con mayor antigüedad y por tanto comprendidos en la inamovilidad que les cabía por el Ministerio de Defensa Nacional, con la transformación habrían dado una suerte de paso atrás, como decía recién la señora senadora Asiaín. El criterio que entonces sustentó el Inumet, basado en la opinión de los que asesoramos, fue que, en el marco de la normativa que lo rige hoy en día, se debía mantener el criterio sustentado hasta ese momento, es decir, la amovilidad. Sin perjuicio de ello, parece muy lógico considerar –de hecho se manejó esa alternativa en esa ocasión, si bien excedía lo que nosotros, como asesores, entendíamos que debíamos expresar– que en ese momento y con la normativa que rige al Inumet, como ya explicó el presidente, había dos o tres condiciones históricas de funcionarios integrados y que se debía mantener la citada normativa al momento de la conversación.

Ese muy buen diálogo con el sindicato, que muy razonablemente se mantiene hasta hoy, con las discrepancias inherentes a los roles que cada uno tiene, permitió manejar esa hipótesis que la senadora sugirió y que está sobre la mesa. No es un obstáculo en absoluto, sino una cuestión técnica que deberá resolverse.

Desde que asumió el actual directorio –especialmente el presidente lo expresó recién– la intención es apostar a mejorar la gestión y, en ese entendido, todo lo que sea un obstáculo para que ello ocurra, no va a sumar. La idea no es desconocer los derechos adquiridos ni perjudicar a los funcionarios, sino todo lo contrario. 

SEÑOR PRESIDENTE.- ¿Cuántos funcionarios tiene el Inumet y cuántos estarían en esa situación de inamovilidad?

SEÑOR PLADA.- Actualmente, entre presupuestados y contratados hay una plantilla de 178 funcionarios, y anterior a 2013, que son los que se encuadrarían en esta hipótesis del derecho adquirido, serían unos 60. 

Incluso hace pocas semanas recibimos un informe del procurador del Estado en lo Contencioso Administrativo sobre un funcionario que impugnó su destitución y, justamente, una de las razones fue la falta de venia en el Senado. Ese caso está actualmente para sentencia del TCA. El procurador del Estado en lo Contencioso Administrativo, con la normativa vigente, sostiene que no corresponde la venia; salvo que esta comisión decida eventualmente hacer un cambio al artículo 88, al día de hoy no corresponde. 

SEÑOR PRESIDENTE.- ¿Los señores senadores tienen alguna otra pregunta para formular?   

Si no es así, agradecemos la presencia de las autoridades del Inumet y de sus asesores en el día de hoy para evacuar las dudas que nos generaba el tema. 

SEÑOR CABRERA.- Muchas gracias. Estamos a las órdenes para venir o tal vez deseen visitarnos, si lo consideran pertinente.

SEÑOR PRESIDENTE.- Muchas gracias.

(Se retiran de sala las autoridades del Inumet y sus asesores).

                –Dese cuenta de los asuntos entrados.

(Se da de los siguientes).

«1) La Junta Departamental de Soriano, en respuesta a la nota n.º 20/22 de la comisión, comunica que el edil Israel Acuña no ha presentado renuncia a su cargo. (Enviada por correo electrónico el 20 del corriente mes).

2) El Juzgado Letrado de Rosario de 3.er turno, en respuesta a la consulta cursada mediante nota n.º 22, de fecha 6 de abril de 2022, informa que la sentencia n.º 46/2021 dictada el 28 de setiembre de 2021 por la sede referida en los autos IUE2-59575/2018, por la que fueron condenados, entre otros, los señores Alfredo Sánchez Balbuena y Pablo Daniel Sánchez Agustins, fue consentida por las partes en la misma audiencia en la que fue dictada, habiendo adquirido por tanto la calidad de “cosa juzgada”. (Enviado por correo electrónico el día 20 del corriente mes).

3) Nota remitida por el señor ministro de Relaciones Exteriores, Francisco Bustillo, por la que comunica que la opinión de la Cancillería en relación con el informe conjunto de relatores de Naciones Unidas sobre el proyecto de ley por el que se establece un régimen de prisión domiciliaria para los mayores de sesenta y cinco años será remitida, en forma escrita, no más allá del 2 de mayo del corriente año, en virtud de que no le resulta posible concurrir a la sesión de la comisión del día de la fecha. (Enviado por correo electrónico el 22 del corriente mes).

4) El Directorio del Instituto Uruguayo de Meteorología envía nueva propuesta de estatuto en acuerdo con la Asociación de Trabajadores de Meteorología Nacional (ATMN). (Por secretaría se reparte comparativo entre el proyecto de ley a estudio de la comisión y la nueva propuesta enviada)».

–A continuación, corresponde recibir a la siguiente delegación.

 (Ingresan a sala representantes de la

Asociación de Trabajadores de Meteorología Nacional).

                –La Comisión de Constitución  y Legislación da la bienvenida a la delegación de la Asociación de Trabajadores de Meteorología Nacional, integrada por la señora Cristina Mathisson, el señor Ian Schou, la señora Thelma Rozza, los doctores Juan Williman y Milton Pesce y la señora Paula Rozza, a quienes hemos invitado a efectos de escuchar la opinión que les merece el proyecto relativo al Estatuto del Funcionario del Inumet.

SEÑORA MATHISSON.- Con respecto al proyecto de ley de estatuto, lo trajo el directorio que compareció antes que nosotros. Si bien lo mandaron al Poder Ejecutivo este lunes, creo que todavía no llegó el proyecto acordado y negociado con el nuevo directorio, porque la iniciativa que está en la comisión fue presentada por el anterior.

SEÑOR PRESIDENTE.- El anteproyecto está en la órbita del Poder Ejecutivo para ser enviado.

SEÑORA MATHISSON.- El directorio que compareció antes que nosotros trajo ese anteproyecto de estatuto, firmado por ellos y por nosotros porque fue negociado, como corresponde, y hubo acuerdo en la mayoría de los puntos. Como ellos ya lo habrán explicado, no quedaron acordados los artículos de la carrera, primero porque la reestructura –que es la que compone los cargos de carrera– fue impugnada ante el TCA y todavía no está el fallo y, además, porque es un híbrido que no se ha aplicado en ningún lugar, en ninguna oficina pública del Estado. Solo se aplicó en el Inumet y tiene unas cuantas carencias: por ejemplo, algunos escalafones quedan de dos grados, el escalafón administrativo con tres grados, el especialista también con tres y solo quedan cuatro grados para el escalafón técnico y el profesional.

                Entonces, esto hace que la carrera no sea administrativa, derecho que sí otorga la Constitución de la república. Por esta razón entendemos que, ya desde ese punto de vista, es inconstitucional.

                Además, cuando se establecieron los escalafones no se hicieron los subescalafones y esto genera problemas para la aplicación de las funciones, porque un escalafón representa varias funciones diferentes. Por ejemplo: no es lo mismo un técnico especializado en Informática que un técnico especializado en Meteorología o un técnico administrativo. Son subescalafones necesarios que se aplican en carreras de diferentes organismos públicos, pero no están en la propuesta por el Inumet. A modo de ejemplo, no es lo mismo un observador meteorológico de estaciones de superficie que uno de estaciones aeronáuticas porque requieren distinta capacitación y aplican diferente función y es mucho más exigente una que la otra. Todos estos subescalafones que tendría que haber no están en la carrera.

Por lo tanto, la carrera administrativa es uno de los puntos en los que no llegamos a acordar y estamos a la espera de la resolución del TCA. Luego de eso, estamos dispuestos a negociar una nueva carrera administrativa y el directorio lo sabe, porque ya lo hemos planteado.

SEÑOR PRESIDENTE.- Supongo que esa reestructura tiene la aprobación de la Oficina Nacional del Servicio Civil.

SEÑORA MATHISSON.- La aprobación de la Oficina Nacional del Servicio Civil –que fue en 2018– refiere a la parte de diseño, pero se trata de una estructura que no es aplicada en ningún lado más que en el Inumet. Se nos dijo que sería un plan piloto, que iba a ser aplicado en el Inumet para luego probarlo. El tema es que solo se aplicó en el Inumet y no se probó en ningún otro lado.

                A su vez, por la Ley n.º 19121, Regulación del Estatuto del Funcionario Público de la Administración Central, se derogaron todos los artículos que tenían que ver con escalafones, niveles y funciones de conducción, a los efectos de negociar una nueva carrera. Esto quiere decir que en el Inumet se diseñó la carrera sobre esa base, pero tampoco fue igual a la que estaba en el Estatuto del Funcionario Público porque la de ese entonces tenía los subescalafones, las denominaciones y las series, y en el Inumet no. Por eso no estamos de acuerdo con la carrera, pero sí con volver a negociarla. Por supuesto, esto fue comunicado al directorio y creo que, en definitiva, es lo que tarde o temprano se va a terminar haciendo porque esta carrera no nos sirve a nosotros ni a al Inumet.

                Cuando estábamos en la negociación se nos dijo que, por mientras, preferían no tocarla porque es lo que hay, y que una vez que estuviera el fallo del TCA iban a ver qué hacían.

SEÑOR PRESIDENTE.- Según nos expresó el directorio, serían los artículos 14 al 26 y 37 al 44. ¿Están de acuerdo?

SEÑORA MATHISSON.- Sí, estamos de acuerdo.

                Ellos entregaron ese proyecto que fue firmado por las dos partes. Incluso, en el informe preliminar se detalla que no están acordados los artículos. Una de las argumentaciones que se maneja para homogenizar esto en ese tipo de cargos es que previamente en el Inumet había funcionarios que venían redistribuidos de distintos lugares, con diferentes horarios.

Con relación a eso, en el momento en que se llegó al Inumet ya no había funcionarios con diferentes horarios porque venían redistribuidos, debido a que esos ya habían pasado todos a la Dirección Nacional de Meteorología y tenían el mismo tipo de cargo. Incluso, los que habían venido de otro lugar, con otro salario, habían sido transformados en cargos de la Dirección Nacional de Meteorología. Los que quedamos sin transformar, con el horario de los cargos de 48 horas, somos los que entramos en 2008 y siempre reclamamos la equidad horaria y salarial que al final no alcanzamos. Incluso ahora, después de la reestructura, se hacen prorrateos de los sueldos. Entonces, tampoco se alcanzó esa equidad horaria, porque al día de hoy hay quienes trabajan 120 horas y otros que trabajamos 144; unos tienen un tipo de retribución y otros, la retribución prorrateada en 120 horas. Así que, al día de hoy, tampoco tenemos esa equidad que se dijo que se iba a saldar con la reestructura. Esperamos que eso se arregle a partir del fallo del TCA y de la nueva carrera, que tiene que corregirlo.

SEÑOR PRESIDENTE.- ¿Las normas proyectadas en este estatuto no obstarían a cambiar esa reestructura?

SEÑORA MATHISSON.- Serían incompatibles los cargos de la carrera, pero no todo lo demás. En cuanto a todo lo que está acordado, si cae la reestructura, el estatuto queda vigente. Lo único que habría que rever es la carrera.

                Asimismo, tenemos una propuesta para que se agregue un artículo en la disposición final, que dice que aquellos funcionarios pertenecientes al organismo a la fecha de entrada en vigencia de la Ley n.º 19158, de 23 de octubre de 2013, mantendrán su derecho de inamovilidad, requiriéndose en estos casos la correspondiente venia constitucional para su destitución. Como ustedes podrán ver, tiene una referencia en la versión taquigráfica, así como el número y la fecha de tratamiento de este artículo en la ley de creación del Inumet. También figura en el informe del artículo 19 cuando se realizaron todas las reuniones de ese entonces, en la comisión y en el Senado, en las que el legislador argumenta que se mantiene la condición de funcionarios públicos para los provenientes de la Dirección Nacional de Meteorología en el momento de la creación, aunque no para aquellos que ingresaran a partir de la creación del Inumet.

Este artículo se aplicó, por ejemplo, en el estatuto de la Fiscalía, que fue el último que se aprobó, pero ya anteriormente se había aplicado, por ejemplo, con los funcionarios de AFE y los de Pluna, es decir, con todos los que fueron pasando de la Administración a descentralizado. Incluso, cuando se creó la Agencia Nacional de Vivienda, los entonces empleados del Banco Hipotecario –que no eran de la Administración pública– quedaron con la condición de funcionario público del banco. Lo que quiero decir es que no fue una innovación para el Inumet, sino que anteriormente ya se había hecho en otros casos porque de tener una figura institucional dentro de la Administración pública pasaron a ser descentralizados.

Cuando nosotros planteamos este artículo en la negociación, si bien los representantes del directorio no estaban en desacuerdo con que se agregara el artículo, su asesora legal les recomendó que no lo presentaran en el proyecto del Inumet. Entonces, los directores nos dijeron que lo presentáramos nosotros, que ellos no se iban a oponer al artículo; incluso, cada uno de ellos iba a plantearlo políticamente en sus sectores para que fuera aceptado y no tenían ningún problema en aceptarlo.

Al día de hoy, quedan cerca de 70 funcionarios del Inumet. La mayoría están en edad jubilatoria y, los que no lo están ‒que tienen una edad intermedia, porque tampoco son ingresos recientes, sino anteriores, de 2008 y 2009‒ son aproximadamente 36 funcionarios. Aclaro esto para que sepan qué es lo que estamos pidiendo.

                Termino acá porque el resto del estatuto presentado está acordado. No sé si tienen alguna pregunta para nosotros.

SEÑORA ASIAÍN.- Muchas gracias por las explicaciones.

Nosotros también habíamos discutido ‒en realidad, yo lo había mencionado y no quiero comprometer a los demás miembros de la comisión‒ el tema de mantener la inamovilidad como una cuestión de derecho adquirido.

                La señora Mathisson dijo que la Oficina Nacional del Servicio Civil, en su composición de entonces, había avalado el estatuto que hoy está siendo impugnado ante el TCA. La actual composición de la Oficina Nacional del Servicio Civil no se ha expedido al respecto, ¿verdad?

SEÑORA MATHISSON.- Después de que asumió la nueva dirección de la Oficina Nacional del Servicio Civil, pedimos entrevista tres veces y en ninguna de ellas nos llamaron. Queríamos tratar precisamente esto.

                En ese entonces, cuando fue avalada en la parte de diseño, el secretario general Ian Schou y yo, en una oportunidad en que hablamos con el director Scavarelli nos dijo que él no lo había visto. Le manifesté que estaba firmado por la Oficina Nacional del Servicio Civil y nos contestó: «Sí, pero lo hacen los funcionarios de diseño; a mí nunca me llegó».

Entonces, nosotros nunca tuvimos oportunidad de tratar ni de argumentar la reestructura en la Oficina Nacional del Servicio Civil, ni antes ni ahora.

SEÑOR PRESIDENTE.- Dado que no hay más consultas de los señores senadores, ¿hay alguna otra aclaración que ustedes quieran realizar?

SEÑOR WILLIMAN.- Quiero hacer dos aclaraciones más.

                El proceso contencioso que está en el TCA corresponde a la ficha n.° 209, de 2019, y ya está en la etapa en que el procurador del Estado en lo Contencioso Administrativo se debe pronunciar y luego pasa para sentencia de los ministros. O sea que no es un proceso que esté arrancando. El Poder Ejecutivo citó en garantía al Inumet como tercero, lo que demoró un poquito los plazos, pero actualmente está en etapa de definición.

                Lo otro que quiero aclarar es que en nuestro asesoramiento al gremio nos basamos en la propia ley por la que se regula el Estatuto del Funcionario Público. En su artículo 102, que establece las disposiciones transitorias, el Parlamento estableció ‒lo ha establecido siempre y lo hizo en esa ley‒ la obligación de respetar los derechos adquiridos alcanzados en la carrera administrativa. Digo esto simplemente porque ese es un estatuto modelo en el que se trabajó un montón y el artículo 102 de esa ley lo dice expresamente. O sea que, básicamente, lo que dice la presidenta lo ha recogido el Parlamento en otras oportunidades. Los ejemplos de otros organismos que ella citó refieren a esa realidad. Si los señores senadores quieren chequear el artículo 102, van a ver claramente que, según el literal E, los derechos adquiridos siempre se respetan. En este caso, lo que está planteando la presidenta es exactamente eso, tiene que ver con la inamovilidad, pero también con una garantía del debido proceso. Estamos hablando, en todo caso, de procesos disciplinarios.

SEÑORA ASIAÍN.- Parece que cuando vino el directorio entendí mal. Lo que está diciendo el doctor Williman es que el procurador del Estado en lo Contencioso Administrativo aún no emitió su dictamen.

SEÑOR WILLIMAN.- No.

SEÑORA ASIAÍN.- Había entendido que sí lo había emitido.

SEÑOR WILLIMAN.- Hasta hace unas horas no lo había emitido.

SEÑORA ASIAÍN.- Gracias.

SEÑOR WILLIMAN.- Estaba a estudio. Es más, nosotros tuvimos que presentar un escrito acusando en rebeldía al Inumet porque no alegaba. Como la señora senadora sabe, la previsión de la instancia en el TCA es bastante corta ‒son seis meses‒ y en el sistema anterior hasta que uno no acusaba rebeldía el proceso quedaba trancado. Hablamos, dimos ciertas oportunidades para ver si alegaba; ya había alegado el Poder Ejecutivo y también nosotros. Alegó el Poder Ejecutivo y, en tanto el Inumet no alegaba a bien probado, acusamos de rebeldía, se tuvo por bien acusada la rebeldía y se pasó para el procurador del Estado en lo Contencioso Administrativo. Si se pronunció, tiene que ser muy reciente. La última procuración no arroja pronunciamiento del procurador del Estado en lo Contencioso Administrativo.

SEÑOR RUBIO.- Quiero hacer una consulta a los efectos de clarificar. Ustedes dicen que el director anterior no vio esta estructura y que le han solicitado reuniones al actual, pero que todavía no han sido concedidas. ¿Hay otros organismos descentralizados que tengan una estructura de estas características?

SEÑORA MATHISSON.- No.

SEÑOR RUBIO.- Cuando estuvieron los representantes del Directorio del Inumet no me quedó claro –quizás a los demás senadores sí– si esta estructura actual sobre la base de la que están funcionando les resultaba adecuada porque era la que aplicaban y continúan aplicando, pero entendí que estaban dispuestos a conversar. Quizás la comisión tenga que convocar a la Oficina Nacional del Servicio Civil para conocer su opinión sobre el tema, pero eso lo vemos después.

SEÑORA MATHISSON.- Respecto a las dudas sobre el tema del servicio civil, cuando se trabajó en el diseño de la reestructura ningún funcionario fue citado. El sindicato no fue citado; quienes concurrieron a la Oficina Nacional del Servicio Civil con el diseño de la reestructura fueron el vicepresidente Gabriel Aintablian y la secretaria Ana Dutra. Ninguno de los dos eran funcionarios públicos y fueron los únicos en ir a negociar la reestructura del Inumet en la Oficina Nacional del Servicio Civil. No hubo representación de los funcionarios públicos y tampoco trabajaron en esa reestructura los que están sindicalizados ni otros, como directores de Recursos Humanos o de Administración.

SEÑOR PESCE.- Voy a hacer una aclaración sobre la base de la consulta de la doctora Asiaín.

                Respecto a la evaluación de la PECA, aquí tengo los últimos movimientos de actualización de la página web. Me refiero al Decreto Ley n.º 945, de 3 de marzo de 2022, de la fichas de autos de la ATMN contra el Poder Ejecutivo. Dice: «… por bien acusada la rebeldía que se expresa a fojas 211 pasa los autos a vista del señor procurador del Estado en lo contencioso administrativo para dictaminar el fondo del asunto». El siguiente movimiento fue el pase al procurador del Estado con fecha límite 23 de mayo. Entonces, resolución no hubo.

SEÑORA ROZZA (Thelma).- Con respecto a la reestructura, incluso el volcado fue mal hecho. En general, todos volcamos al nivel 1. Éramos escalafón B, grado 3, que de hecho en el manual de cargos no existe porque se empieza por el escalafón B, grado 4. Nuestras tareas en el manual de cargos anterior, que es el único que está vigente,  corresponden al escalafón B, grado 8, lo que en esta carrera administrativa sería un nivel 2. Ni siquiera hay vacantes suficientes para que quienes actualmente desempeñamos las tareas del escalafón B, grado 8, podamos cumplirlas. Es decir, son tan pocas que solamente podría cubrirlas un pequeño porcentaje de quienes desempeñamos esas tareas. Aun así, con estas tareas, nos designaron el grado que nos corresponde, aunque actualmente no contamos con ninguna definición de tareas. Realizamos nuestras tareas por costumbre, pero en realidad nuestro grado está muy por debajo de lo que hacemos. Por ejemplo, yo soy predictora y para hacer una advertencia tengo que tener, por lo menos, un grado 8 y soy un nivel 1 y volqué como escalafón B, grado 3, que en el manual anterior ni siquiera tenía una tarea.            

                Nosotros vamos a empezar a trabajar en el manual de cargos, pero si quisiéramos hacer un volcado correcto, no podríamos porque quienes están haciendo la tarea no tienen vacantes. Podrían pasar a quince o dieciséis personas –es más o menos ese número– y probablemente quedaría el doble cumpliendo la tarea sin estar en el grado correcto. Ello implica que podrían negarse a hacerla porque, según el grado que tienen, no les corresponde.

                Esta carrera no tiene ninguna perspectiva de ascenso; de hecho, nosotros ingresamos en 2008 y jamás ascendimos porque nunca se pudo concursar. Tampoco accedemos a los cargos de conducción porque por ahora son discrecionales. Entonces, en este momento estamos estancados y totalmente desmotivados porque no tenemos ninguna posibilidad de ascenso.

SEÑORA MATHISSON.- Lo que dijo la señora Rozza es cierto, pero no solo es así, sino que ahora podríamos concursar en las mismas condiciones tanto quienes entramos en el 2008 como quienes lo hicieron en el 2019. Al haber transcurrido todo ese tiempo, quedamos todos en la misma condición, ya que no fuimos reconocidos en su momento. Es más, cuando se hizo la reestructura no se reconoció, no se crearon los cargos necesarios, sino que todos se transformaron en nivel 1. Eso, obviamente, nos perjudicó. Además, tampoco tomaron en cuenta los decretos que reglamentan cómo tiene que hacerse una reestructura, que son el 94/2013 y el 254/2014. Esta es una macroestructura para 172 funcionarios. El diseño tiene hasta directores de área –eliminaron las secciones–, o sea que se planificó una reestructura como si trabajáramos en la UTE y estamos en el Inumet.

Reitero: este diseño de reestructura es para lugares con miles de funcionarios y nosotros somos 178, o sea que es una macroestructura totalmente carente de racionalidad y por eso fue impugnada.

SEÑOR PRESIDENTE.- Agradecemos la presencia y el aporte de los representantes de la Asociación de Trabajadores de Meteorología Nacional.

(Se retira de sala la delegación de la

Asociación de Trabajadores de Meteorología Nacional).

                –Para redondear, como dice el señor secretario, tenemos que esperar el proyecto de ley del Poder Ejecutivo a efectos de estudiarlo; esto ha sido un adelanto.

Entre otras cosas, se dilucidará si existe o no un pronunciamiento del procurador del Estado en lo Contencioso Administrativo favorable o no a la Administración.

                Por otro lado, planteo a los señores senadores establecer, en la próxima reunión de la comisión, el orden de prioridad de los temas a tratar. Estábamos sujetos a que el Partido Nacional definiera este tema en su interna. Si así fuera, considero que en una próxima reunión deberíamos ver eso.

SEÑOR RUBIO.- Sin perjuicio de eso, señor presidente, habíamos acordado –así lo entendí– que estábamos en condiciones de tratar tres proyectos de ley que venían prácticamente con unanimidad de la Cámara de Representantes, pero no sé cuál es el temperamento de la comisión. Por nuestra parte, podríamos hacerlo.

SEÑOR PRESIDENTE.- Sugeriría tratarlos en la próxima reunión y, además, fijar otras prioridades.

(Apoyados).

                –Creo que hay una salvedad con respecto a ello. La secretaría nos informó que hay tres proyectos de ley que tienen media sanción y dos normas que habían sido incluidas en la rendición de cuentas y que, si no me equivoco, fueron aprobadas en Cámara de Representantes y desglosadas en el Senado.

SEÑOR SECRETARIO.- Sí, fueron aprobados por la Cámara de Representantes y desglosados en el Senado. Por lo tanto, técnicamente no tienen media sanción. Si bien fueron aprobados en Cámara de Representantes, tendrían que volver a ese cuerpo como proyectos de ley con artículo único. Originalmente, eran los artículos 650 y 577 del proyecto de ley de presupuesto, que se desglosaron aquí.

SEÑOR RUBIO.- A ver si estamos hablando de lo mismo.

                Tenemos un proyecto sobre la responsabilidad civil de los fiscales, que es un tema bien importante; otro, por el que se establecen intereses sobre sentencias de condena contra la Administración tributaria, y, por último, el de la representación del Estado requirente en el proceso de extradición.

                ¿Se trata de estos tres?

(Apoyados).

                –Claro; al haber sido desglosados, algunos de ellos no tienen la sanción de la Cámara de Representantes. ¿Cuáles serían?

SEÑOR SECRETARIO.- La carpeta n.º 362, que es la del proceso de extradición, y la carpeta n.º 361, que es la de las sentencias contra la Administración tributaria, deberían volver a la Cámara de Representantes. El otro proyecto que el senador mencionó sobre la responsabilidad civil de los fiscales, sí tiene media sanción.

SEÑOR RUBIO.- Entonces, señor presidente, si hubiera acuerdo, podríamos considerarlos en la próxima reunión, junto con el tema de las prioridades.

Lo digo para que la comisión pueda avanzar.

(Apoyados).

SEÑOR PRESIDENTE.- Totalmente de acuerdo.

                Se levanta la sesión.

(Son las 16:29).

               

 

 

 

 

 

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.