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COMISIÓN DE HACIENDA

(Sesión celebrada el 8 de julio de 2021).

               

SEÑOR PRESIDENTE.- Habiendo número, está abierta la sesión.

(Son las 10:22).

‒Dese cuenta de los asuntos entrados.

(Se da de los siguientes).

«La Asociación de Bancos Privados del Uruguay remite informe con sugerencias para el proyecto de ley modificativo del Código General del Proceso y de la Ley de Cheques».

–Damos ingreso a estas sugerencias realizadas por la Asociación de Bancos Privados del Uruguay –vinculadas con el segundo punto del orden del día de la reunión de hoy– que surgen de la conversación que tuvimos con esta organización vía Zoom algunas sesiones atrás.

SEÑOR NIFFOURI.- Lo mejor va a ser mantener el proyecto en el orden del día y consultar a las autoridades del ministerio sobre estas sugerencias enviadas por la Asociación de Bancos Privados del Uruguay, para avanzar la semana próxima en su aprobación.

SEÑOR PRESIDENTE.- Entonces, si no hay objeciones, mantenemos el proyecto en el orden del día y esperamos tener para el jueves próximo la devolución de las autoridades del Poder Ejecutivo y del Banco Central, que fueron quienes enviaron el proyecto original, para analizarla conjuntamente con estas sugerencias de los bancos privados.

(Apoyados).

                –El tercer punto del orden del día es la carpeta n.° 360/2020, relativa al proyecto de ley sobre participaciones patrimoniales al portador con destino al Banco Central del Uruguay,  por el que se plantea la suspensión por única vez de la clausura ficta de las sociedades comerciales.

En su momento recibimos la opinión del Ministerio de Economía y Finanzas al respecto, que incluía la de la Auditoría Interna de la Nación, que es el organismo que procesa este tipo de trámites, con una tónica esencialmente negativa a la propuesta. La comisión postergó la votación para poder contar con la presencia del senador Viera.

SEÑOR VIERA.- Pido disculpas por conectarme muy poco tiempo la sesión pasada. Estaba en la ruta con la subsecretaria de Relaciones Exteriores, que iba a hacer una visita a la frontera junto con el comisionado para los refugiados, tema bien complejo para el Uruguay.

Este proyecto que, en definitiva, fue una propuesta de inciso aditivo en la instancia presupuestal y que se desglosó, atiende la inquietud de rematadores, escribanos y de algunas personas, dada la aplicación de la Ley n.° 18930, de 17 de julio de 2012 –aquella que estableció la obligación de declarar las acciones al portador; mayoritariamente cuáles son sus propietarios– y, a posteriori, de la Ley n.° 19288, que declaró suspendidas, clausuradas, fictamente aquellas sociedades que en un plazo determinado –ciento veinte días– no hubieran cumplido con este mandato. Me dicen que fueron alrededor de 5000.

Ocurre que por distintas razones se dieron situaciones de sociedades que tenían propiedades en su capital, que no hicieron el trámite, quedaron suspendidas y hoy se encuentran sin poder venderlas o, incluso, muchas de ellas con operaciones de compraventa realizadas sin la posibilidad de inscribirlas. Por eso, este proyecto de ley intenta –creo que no afecta para nada el principio y el objetivo de las citadas leyes– dar una oportunidad extraordinaria, por única vez, por un plazo perentorio de ciento ochenta días, para que puedan ser reactivadas a los solos efectos de vender las propiedades que tengan o inscribirlas si ya estuvieran en un proceso de compraventa. Obviamente, tampoco contradice el espíritu de las leyes mencionadas, por cuanto en su artículo 1.o se establece que deberán cumplir con las obligaciones estipuladas por la Ley n.° 18930 y su reglamentación –o sea que, de cualquier manera, deben declarar quiénes son los propietarios de las acciones– y, leo textualmente: «Asimismo, el accionista que ostente en todo o en parte el capital accionario de una entidad residente emisora de títulos al portador, deberá dar cumplimiento al artículo 1.o de la Ley n.° 18930, de 17 de julio de 2012, mediante el procedimiento dispuesto en el artículo 6 de dicho texto legal. Tanto la suspensión de la clausura como la suspensión antes referida, se otorgan a los solos efectos de que puedan culminarse en su totalidad los trámites pendientes de las escrituras públicas traslativas de dominio y cesiones de derechos hereditarios en los Registros Públicos en general, respecto de los bienes inmuebles que adquirió la sociedad o de aquellos de los cuales es titular y quiere enajenar o ceder los derechos sobre los mismos, permitiendo su transmisibilidad a terceros». En el siguiente inciso define claramente cuáles son las sociedades alcanzadas: sociedades anónimas, en comandita por acciones, agrarias, fideicomisos y fondos de inversión. Además, se establece que es a estos solos efectos; no se trata de volver a poner en funcionamiento a las sociedades anónimas.

Reitero: se da un plazo de ciento ochenta días a estos solos efectos y cumpliendo con todo lo que debe cumplir una sociedad anónima de acuerdo con las leyes mencionadas. Incluso, se prevé una multa porque ahí está el gran detalle. Hoy, las sociedades anónimas que fueron suspendidas fictamente se pueden rehabilitar, pero tienen que pagar una multa del 50 % de su capital. Ninguna de las que quedó en esta situación lo puede hacer. Entones, se fija una multa de UR 10.000 –casi $ 50.000 hoy en día–, que nos parece una cifra más razonable que la que había fijado la ley mencionada, de forma de que les sea posible hacer la operación. Reitero que es por única vez.

                En definitiva, con esto se solucionarían una cantidad de situaciones según me informan escribanos y rematadores, que fueron los que plantearon el tema. Espero haber sido claro.

                Además, señor presidente, quiero agregar que las soluciones a las que hacían referencia las autoridades del ministerio sobre este tema en la pasada sesión no son soluciones porque, de cualquier manera, las multas son muy grandes y hacen virtualmente imposible que alguien pueda resolver sus problemas. Creo que esto no afecta en nada al Gobierno; por el contrario, se van a regularizar situaciones, se van a cobrar impuestos y las intendencias van a cobrar contribuciones de bienes que hoy, prácticamente, están perdidas.

                Muchas gracias.

SEÑOR GANDINI.- Señor presidente: en términos generales comparto el análisis y la fundamentación que hacía el señor senador Tabaré Viera. El informe que recibimos del Ministerio de Economía y Finanzas hace algunas observaciones generales y luego establece que, de seguirse adelante con el proyecto de ley, habría que hacer algunas correcciones terminológicas y tomar algunas precauciones. No sé si el señor senador Viera ha considerado esas recomendaciones, más allá de la opinión favorable, y tampoco sé si estamos en condiciones de tratarlas o de analizarlas luego una a una.

Con respecto a algunas observaciones, yo no tengo elementos para juzgarlas o entender si son importantes y hay que incorporarlas. A lo mejor el señor senador Viera las estudió un poco más a fondo. Si no es así, nos podemos dar unos días para estudiarlas un poquito más.

SEÑOR VIERA.- En general, me parecen bien porque, obviamente, todo proyecto de ley es perfectible, sobre todo por parte del Poder Ejecutivo. Si bien las recomendaciones, en general, son de recibo, de cualquier manera creo que capaz nos podremos dar un tiempo hasta la próxima sesión para que todos puedan mirar el proyecto de ley, las explicaciones que he dado, releer el informe y, en todo caso, traer un texto alternativo en el que todo esto esté incorporado.

SEÑOR GANDINI.- Es que ellos no proponen un texto mediante un comparativo, sino que hacen observaciones vinculadas a algunos términos que hay que ajustar.

SEÑOR VIERA.- Por eso, hay que redactar y marcar las diferencias.

SEÑOR GANDINI.- Y para no hacerlo en sala, de repente hay que traer el texto.

SEÑOR VIERA.- Si les parece, lo dejamos para la próxima sesión y lo hacemos.

SEÑOR GANDINI.- De esa forma, con el texto a la vista lo vamos a poder votar mejor.

SEÑOR PRESIDENTE.- Quiero hacer un comentario.

Hay que recordar que esta ley, originalmente, estaba en el marco de todas las medidas que Uruguay fue tomando para adecuarse a la nueva fiscalidad internacional, es decir, a las nuevas exigencias que en el entorno internacional se daban a efectos de transparentar información fiscal, tributaria o bancaria. Y esto tenía que ver con un proceso en el mundo vinculado a erradicar la innominatividad de las acciones, es decir, empezar a generar información asociada a los tenedores de participaciones patrimoniales de las sociedades anónimas al portador.

Todos sabemos que, históricamente, en Uruguay esas sociedades anónimas fueron también utilizadas, justamente, para ser propietarias de inmuebles, por ejemplo; quizá este sea uno de los casos que tiene subyacente el proyecto de ley presentado. Había personas extranjeras que, por ejemplo, registraban una sociedad anónima al portador en Uruguay para que fuera la propietaria de inmuebles y, evidentemente, esto operaba como un elemento a través del cual se intentaba ocultar propiedades a efectos fiscales en otros países de la región. No digo que todas estas sociedades estén en esa circunstancia, pero esta era una actividad bastante frecuente.

 En el marco de ese proceso se hizo esta ley que, de alguna manera, seguía lineamientos muy similares a la experiencia que había tenido Alemania para corregirlo. Además, esto fue parte de las evaluaciones que hizo la OCDE a la hora de analizar y dar una especie de calificación en cuanto a cómo Uruguay había avanzado en términos de transparencia fiscal, tributaria y bancaria, que es uno de los sellos de credibilidad del país. En realidad, es tan importante como el grado de inversión a los efectos de radicar inversiones, es tan importante como tener una buena evaluación de las normas de prevención de lavado que hace el Gafisud, ahora Gafilat. En esto, en un terreno que es cada vez más importante de los flujos financieros a nivel internacional, el sello que pone la OCDE en cuanto al respeto a los principios vinculados a la transparencia fiscal tributaria y bancaria, era uno de los que se evaluaba. Si mal no recuerdo, esta ley es del 2012 y consistía en que las sociedades anónimas con acciones al portador debían registrar, en una base de datos que administraba el Banco Central del Uruguay –que operaba solo como el soporte de recepción de la información–, los nombres de los accionistas de las acciones al portador, en los casos que fuera posible el 100 %, en los que no mayoritariamente, y se excluían algunas cuestiones que resultaba imposible registrar, como por ejemplo empresas que cotizaban en bolsas en el exterior. Ahora bien, a partir de eso surge después la otra ley que concedió dos años, se registraron decenas de miles de empresas y esto también se extendió a sociedades en comandita, sociedades con acciones nominativas, etcétera. Pero ahí la idea fue, entonces, dar todo ese tiempo para hacerlo y, de hecho, decenas de miles de sociedades lo hicieron, algunas no y hubo prórrogas en varias oportunidades. Recuerdo que esto arranca en 2012, en 2014 se crea la ley que involucra la clausura ficta y estamos en 2021, por lo que deberían estar clausuradas fictamente todas aquellas que no cumplieron. O sea, aquí no se trata de que estamos suspendiendo las clausuras fictas, porque estas seguramente ya se dieron en estos siete años, aun después de haber dado varias prórrogas para la registración de los accionistas de este tipo de sociedades. Me parece importante tener esto como antecedente y creo que lo otro importante es lo que decía el senador Viera, así como el Ministerio de Economía y Finanzas, que es que ya existe un mecanismo y si alguien quiere reactivar esa sociedad, lo puede hacer pagando una multa. Una multa de $ 40.000 o $ 50.000, si bien lo hace viable desde el punto de vista de la conveniencia de los accionistas, parece muy leve dado todo este proceso. Y además la multa –como decía el senador Viera, si mal no recuerdo– es la mitad del patrimonio de la empresa, por lo cual tampoco lo inviabiliza, solo que le resulta más oneroso a los accionistas, pero, reitero, es algo que debieron realizar hace seis, siete u ocho años. Planteado en estos términos, realmente tenemos prevenciones para avanzar con esta idea, bastante en sintonía –creo yo– con la tónica que nos pareció interpretar del Ministerio de Economía y Finanzas. Sin perjuicio de ello, estamos abiertos a seguir conversándolo y ni que hablar que, ante los planteamientos de los senadores Gandini y Viera de tratar esto en una próxima sesión para analizar si se puede viabilizar incorporándole modificaciones, no presentamos objeciones.

Así que estaríamos procediendo a eso, es decir, a postergar el asunto para el jueves próximo.

(Apoyados).

                –El punto cuarto del orden del día es la carpeta n.° 422/2021, referente al proyecto de ley por el que se gravan, con destino al Fondo Solidario COVID-19, capitales y créditos en el exterior del país, tema que habíamos postergado en sesiones anteriores.

 SEÑOR MAHÍA.-  Como ya saben, tiene una propuesta alternativa a las existentes en la búsqueda de generar estrategias de financiamiento en forma transitoria y excepcional con destino al fondo covid. Se trata de un impuesto a ciertos activos de relativa importancia que los uruguayos residentes posean en el exterior del país. Creemos que, desde el punto de vista institucional y de los convenios que el Uruguay ha suscrito, tenemos posibilidades de llevar adelante esta iniciativa. Esa es la razón de fondo que tiene este tipo de iniciativas y la ponemos a disposición del Gobierno. Se plantea ahora por estar el país en una situación excepcional como consecuencia de la pandemia que ha involucrado a la humanidad entera y también a Uruguay.

Hemos atendido y escuchado las observaciones y nos parece una buena cosa que, a favor o en contra −y legítimamente interpretando y aceptando los puntos de vista que se tengan en la materia–, la comisión se pronuncie. Es por eso por lo que este proyecto está en el orden del día. Obviamente, si se quiere postergar o considerar su temática en otra oportunidad estamos abiertos a ello, pero no nos parece bueno tener un proyecto de ley que anunciamos públicamente, incluso en el debate que se tuvo sobre el tema en el pleno de la cámara, y que no lo consideremos expresamente en la comisión.

Básicamente este es el sentido de mi intervención.

SEÑOR PRESIDENTE.- Me gustaría incorporar las siguientes consideraciones. 

A la luz de los planteamientos hechos por el Ministerio de Economía y Finanzas sobre este proyecto, creemos que buena parte de ellos no son de recibo porque son evaluaciones realizadas pensando en que este es un impuesto que se estaría incorporando de manera estructural en el sistema tributario y no es esa la propuesta del proyecto de ley. Esta propuesta no está enmarcada en rediscutir temas el sistema tributario en su conjunto –por supuesto que ese es un tema que puede estar abierto a la discusión en todo momento-–, sino que opera de la misma manera que los impuestos incorporados en las dos leyes asociadas al fondo covid que fueron transitorios. No se plantearon como tributos permanentes el impuesto adicional para los empleados públicos, para los pasivos o para los cargos políticos, sino que se hicieron de manera excepcional por un plazo acotado, en dos oportunidades y no fue parte de una discusión en general del sistema tributario. En ese contexto es que está este proyecto de ley en el que se plantea que, en momentos de emergencia –como los que hemos estado viviendo– y frente a la necesidad de tener recursos excepcionales, aporten más agentes que están en condiciones de hacerlo. Por eso en la discusión del fondo covid planteamos que se incorporaran también los salarios altos del sector privado, elementos vinculados a la riqueza, como un adicional del impuesto al patrimonio e, incluso, también aquellas empresas que hubieran tenido utilidades suficientes en el 2020. 

En ese marco se plantea gravar, por única vez –o sea, no incorporando estructuralmente al sistema tributario a este impuesto−, depósitos, créditos y activos que tienen los uruguayos en el exterior.

Simplemente quería dejar en claro que buena parte de las consideraciones que se hicieron desde el Ministerio de Economía y Finanzas en una ocasión anterior era más bien una discusión vinculada a la incorporación de este impuesto de manera estructural en el sistema y eso no es lo que plantea el proyecto de ley, sino que se hiciera como un aporte. Obviamente, tiene la forma de impuesto, pero esto está pensado como un aporte excepcional, en un momento excepcional, para contribuir a un fondo covid que daría asistencia a las personas y las empresas con más dificultades durante la pandemia.

                Quería hacer esa acotación.

SEÑOR GANDINI.- Si bien tenemos el informe y lo hemos distribuido, todavía no hemos considerado este tema en nuestra bancada. En principio, tenemos opinión contraria por una cuestión de fondo.

Valoramos que se busquen mecanismos para financiar transitoriamente el fondo coronavirus –creo que es muy loable y va en línea con las actitudes que ha tenido la oposición con relación al fondo coronavirus en términos generales–, pero debemos mirar este proyecto de ley a la luz de otras señales que el Gobierno ha intentado dar. En esta misma comisión hemos discutido la residencia fiscal y otras señales que buscan generar condiciones atractivas para que se radiquen en el país residentes con capacidad de invertir. No solamente hay que pensar en la pandemia, sino también en la reactivación, en todo lo que tiene que ver con la pospandemia, y esas señales pueden verse afectadas por un proyecto de esta naturaleza. Entonces, hay que contemplar ambas cosas.

                En definitiva, es una buena señal a los efectos de obtener más recursos, pero puede no serlo con relación a quienes queremos captar. El Gobierno ha tomado varias medidas en ese sentido –algunas, de continuidad con la Administración anterior; otras, con mayor énfasis– para buscar radicar en el país residentes con capacidad de invertir y en atención a algunos problemas que han tenido en sus propias residencias fiscales.

Este proyecto de ley podría dar una señal contraria, por lo     que queremos compartirlo con los integrantes de la bancada el próximo lunes y para la próxima sesión traeríamos una posición.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no hay objeciones, lo postergamos –una vez más– para la próxima sesión.

(Dialogados).

                –En la sesión pasada habíamos resuelto tratar estos temas hoy y el próximo jueves el otro proyecto de ley presentado por el senador Da Silva de modificación al régimen de promoción de inversiones. Por lo tanto, en el orden del día de la próxima sesión, asumiendo que estos tres temas serán más fáciles de procesar, tendríamos el relativo a la Ley de Cheques, el que refiere a las participaciones patrimoniales al portador, el vinculado al gravamen de capitales en el exterior, y la carpeta n.º 427/2021, relacionada con el proyecto de ley sobre modificaciones al régimen de promoción de inversiones.

SEÑOR MANINI RÍOS.- Propongo que en el orden del día de la próxima sesión se consideren los tres proyectos sobre precios de fronteras para ver cuál va a ser el camino por seguir, si en definitiva se va a unificar en una sola norma, porque eso está un poco en la nebulosa. Se presentó un proyecto nuevo la semana pasada, fue al Ministerio de Economía y Finanzas y hubo algunas opiniones, pero para poner el acento en esos tres proyectos –entiendo que la idea es unificarlos–, deberíamos incluirlos en el orden del día de la próxima sesión para tratarlo.

SEÑOR PRESIDENTE.- No hay problema. Hay que recordar que enviamos al Ministerio de Economía y Finanzas los tres proyectos; hubo algunas referencias sobre los dos primeros, se envió el tercero en la sesión pasada, pero todavía no hemos recibido informe. Entiendo la inquietud presentada del senador Manini que es poner el foco en la necesidad de que el Gobierno, y básicamente quienes impulsaron los proyectos sobre el tema, activen la posibilidad de algún criterio unificado en la materia. Está bien ponerlo en el orden del día y marcar el foco, pero difícilmente podamos avanzar a nivel de comisión hasta que no haya un acuerdo entre los proponentes de los proyectos. Entiendo que es un mecanismo para enfatizar la necesidad de que se avance en esos temas. Por lo tanto, lo incorporamos al orden del día de la próxima sesión.

(Apoyados).

                –Se levanta la sesión.

(Son las 10:51).

 

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.