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COMISIÓN DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL

 

(Sesión celebrada el día 7 de julio de 2020).

 

SEÑOR PRESIDENTE- Habiendo número, está abierta la sesión.

(Son las 16:37).

               

                –Dese cuenta de un asunto entrado.

(Se da del siguiente).

                «Movimiento deudores en unidades reajustables Banco Hipotecario y Agencia Nacional de Vivienda. Nota de fecha 29 de junio de 2020 por la que solicita audiencia».

                –Esto es un viejo tema. Además, se han tenido bastantes dificultades para encontrarle una solución. Hasta ahora ha caminado a instancias particulares o individuales. Incluso, sería bueno conocer la opinión de las nuevas autoridades del banco y de la agencia.

                Si todos están de acuerdo, analizaríamos este tema en el mes de agosto. Quizás, haría una consulta al presidente del Banco Hipotecario y al correspondiente de la Agencia Nacional de Vivienda para que recaben sus equipos técnicos la información necesaria y después los recibiríamos.

SEÑORA TOPOLANSKY.- Podemos informarles que vamos a ponernos en contacto con las autoridades para concretar una reunión. De lo contrario, la gente va a quedar esperando.

SEÑOR PRESIDENTE.- Así procederemos.

                En períodos pasados hubo comparecencias en este sentido.

                En realidad, me informan que estuvieron en la Comisión de Hacienda. Podríamos pedirle a dicha comisión las comparecencias.

SEÑORA TOPOLANSKY.- Acá hay un archivo legislativo y está muy bien organizado. Además, figura en la página del Poder Legislativo.

SEÑOR PRESIDENTE.- Pasamos a la consideración del punto del orden del día: Carpeta n.º 1324/2019, Bienes inmuebles vacíos o sin uso de propiedad del Estado.

                Habíamos quedado en pedir opinión a dos organismos. En primer lugar, a la señora ministra y, en segundo término, al Congreso de Intendentes, pero todavía no hemos recibido respuesta.

SEÑORA TOPOLANSKY.- Este proyecto de ley –aunque no tiene mi firma, yo trabajé y no lo firmé porque en ese momento estaba ocupando la vicepresidencia–, tiene por objeto algo que había salido de las propias discusiones parlamentarias, y es la subutilización que hay de inmuebles y predios del Estado, porque a veces los organismos van cambiando, otras, reciben donaciones; en fin, existe una cantidad de razones por las que van quedando todo ese tipo de situaciones. Incluso, en la legislatura pasada hubo más de un proyecto presentado, este no fue el único; hubo varios, entre ellos, uno del entonces senador Bordaberry, porque era una inquietud que estaba. El proyecto es muy sencillo porque depende del tipo de bien, ya que si es inmueble, tiene un destino y si es rural, tiene otro. Lo más importante que tiene el proyecto es, probablemente, el final del último artículo, que es el que otorga la traslación de dominio opera como título, es decir, simplifica el trámite para que un bien pase de uno a otro, porque si no la parte jurídica de cada organismo tiene que luchar como contra un monstruo. Ese artículo se puso expresamente para agilitar la traslación. Incluso, había un proyecto que en un momento presentó el entonces senador Bordaberry para armar un registro de todo lo que estaba en esta situación. No me acuerdo, finalmente, el destino que tuvo ese proyecto, no sé si se aprobó o no, porque como tuve que pasar a ejercer la vicepresidencia perdí el seguimiento de la comisión. De todos modos, la nómina de bienes en desuso acá se encarga a la Dirección Nacional de Catastro a través del artículo 3.°. así que, de algún modo, estaría incluido. Creo que en el proyecto de Bordaberry de aquel momento también se lo encargaba a catastro. Me parece que no presenta ninguna otra complicación, es simplemente algo que tiene que ver con la gestión de utilización de bienes que son públicos y muchas veces, al quedar vacíos, se produce un enorme deterioro y una subutilización. Por ejemplo, la Colonia Santín Carlos Rossi tiene un montón de hectáreas y muchos de nosotros siempre planteamos que podían ir para el Instituto Nacional de Colonización, para un colono chacarero, porque están muy bien ubicadas. Es allí donde transitaban los famosos perros, pero un predio así da para cualquier cosa. Creo que en un momento en el que los anuncios presupuestales no son muy promisorios en volumen, este sería un camino para tener recursos utilizables que son propiedad pública. Esto es una cuestión que no tiene ningún costo adicional. Después, el organismo tiene que trabajar el bien que recibe. Además, por ejemplo, los bienes inmuebles que están en zonas urbanas abastecidas por saneamiento y una cantidad de cosas tienen una enorme ventaja. De lo contrario, mandamos a la gente cada vez más a la Conchinchina. Ese era el propósito. Este proyecto recoge aspectos que estuvieron en discusión, pero no se concretaron. Esa fue la intención en ese momento. Hubo varias propuestas que pasaban por la comisión y quedaban como flotando. Si la ministra concurre el martes próximo, se le podría consultar; es bueno que ella opine sobre este asunto, así como la Agencia Nacional de Vivienda y el Instituto Nacional de Colonización. Creo que sería bueno que cada partido lo estudie para saber qué opinión tienen al respecto.

SEÑOR PINTADO.- Con respecto al proyecto de ley presentado, si nos dirigimos a la LUC –que fue aprobada en el Senado, tuvo modificaciones en la Cámara de Representantes y, nuevamente, está en consideración para ser aprobada mañana; ustedes nos informaron que ya fue votada en comisión–, en su artículo 415 hace referencia directamente a los bienes inmuebles urbanos y suburbanos vacíos y sin uso de propiedad del Estado. Menciona que esos bienes serán destinados a la Dirección Nacional de Vivienda y a la Dirección Nacional de Integración Social y Urbana, que se creará. Esta dirección va a manejar el Plan Juntos, el Programa de Mejoramiento de Barrios y el Plan Nacional de Relocalizaciones. O sea que en el artículo 415 de la LUC estaríamos abarcando el primer punto de este proyecto de ley que se nos propone. Entonces, ese asunto, hoy en día, estaría contemplado con la aprobación definitiva de la LUC, que realizaremos en el día de mañana.

                El punto número dos –la LUC no lo incluye; si me equivoco, me corrigen los señores senadores– refiere a los inmuebles rurales. Repito, creo que en la LUC no está incluido. Este sería un tema a discutir, para intercambiar ideas con el Poder Ejecutivo y conocer cuál es su idea; debemos saber si está en la misma línea que este proyecto de ley, es decir, de poder ubicarlos y dárselos al Instituto Nacional de Colonización para que disponga de esos inmuebles.

                También en el artículo 412 de la LUC está contemplado cómo se implementaría y cómo se llevaría adelante: se haría un registro único entre la Dirección Nacional de Catastro y la Contaduría General de la Nación. Esto unificaría y le daría todo el material a la Dinisu para poder ver en qué condiciones –como muy bien decía la senadora Topolansky– están esos inmuebles para después poder ir asignándolos. Sin lugar a dudas, creo que la intención de este proyecto de ley es totalmente loable, porque no se trata de sacar todos esos inmuebles que hoy se pueden utilizar con cualquier fin, sino que también le otorga el derecho a la vivienda a mucha gente que hoy en día no tiene acceso. No nos olvidemos de que dentro del artículo 415 de la LUC también está la prevención de la formación de asentamientos. Quiere decir que esto también va a ser una herramienta más que va a utilizarse para poder prevenir el crecimiento. Los asentamientos han sido un problema de todos los gobiernos –en el poder han estado los colorados, el Partido Nacional, el Frente Amplio y ahora está una coalición–, ya que no solo no hemos logrado hacerlos retroceder sino que han ido en aumento. Hoy tenemos muchos más de los que había en el año 1985 cuando volvió la democracia. O sea que, sin lugar a dudas, esta va a ser una gran herramienta.

Sobre este proyecto de ley nos quedaría pedir información al Poder Ejecutivo sobre el artículo 2.º, puntualmente en relación a los inmuebles rurales, para ver cuál es la línea que se está manejando y qué aporte podemos hacer desde la comisión.  Luego quizás podríamos redactar este proyecto de ley con un solo artículo sobre los inmuebles rurales y sacarlo lo antes posible porque puede llegar a ser una herramienta muy útil.

SEÑOR LOZANO.- En concordancia con lo que dice el miembro preopinante quiero decir que en la LUC ya estaba previsto que los inmuebles urbanos y suburbanos de propiedad de la Administración central, entes autónomos y servicios descentralizados sean transferidos al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. Coincido con el señor senador Pintado en que los bienes rurales no estarían contemplados en la LUC. Por lo tanto, creo que habría que modificar este anteproyecto de ley para que queden contemplados. También la referida ley dice en cuanto a los bienes inmuebles que en caso de que sean adecuados para la educación pública, esta tiene prevalencia sobre el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. Quería hacer este comentario a los efectos de que se tenga en cuenta cuando se considere el proyecto de ley.

SEÑORA TOPOLANSKY.- El tema de los asentamientos es viejísimo. Antes se llamaban cantegriles. Empecé a trabajar en este tema como voluntaria en el año 1958. Se podría hablar horas sobre este asunto. Para las familias hay un abismo entre vivir en un asentamiento y en una vivienda formal.

                                En cuanto al artículo 4.º, es claro que fue redactado en un momento en que no existía el nivel de aprobación que tenemos hoy. Tiene la virtud de mejorar los trámites. Lo otro está contemplado en la ley que se va a aprobar mañana. De todos modos, lo que se dice en este artículo habría que considerarlo porque va a servir para las dos situaciones. De lo contrario, habrá una cuestión de trámites que puede hacer trancar las cosas; lo digo por experiencia personal. Esto hay que resolverlo por ley, porque si no hay un respaldo jurídico, no marcha. Esta es una pequeña solución. Obviamente, cuando desarchivamos esto todavía no se había presentado la LUC y no se pudo considerar antes porque vino la pandemia; este tema ya todos lo sabemos.  De cualquier manera, tenía esa integralidad y esas coincidencias.

SEÑOR CAMY.-  Estoy de acuerdo con el espíritu de la norma y creo que hay consenso en cuanto a su objetivo. Tal como se manifestó, existen antecedentes de haberse promocionado intentos de poder plasmarlo. 

Coincido con el hecho de que el proyecto de ley de urgente consideración tiene un artículo que prácticamente establece lo mismo que el artículo 1.° de esta iniciativa. Incluso, en la comisión especial que estudió la LUC se tuvo oportunidad de discutir, no sobre la pertinencia sino sobre el impacto que ello podría tener en aquellos organismos del Estado que estuvieran pensando en darle uso a los bienes que están en desuso. En esa instancia recuerdo haber aportado, como inquietud simplemente, la pertinencia de consultar a los Gobiernos departamentales, porque por imperio de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible existen los planes locales que, de alguna manera, son los que definen el comportamiento futuro del territorio. De todas maneras, quiero afirmar que el proyecto de ley me parece que está muy bien inspirado.

Con respecto al artículo 2.° debo señalar lo siguiente. El artículo 1.° de la Ley n.° 18187, de noviembre de 2007, relativa a la colonización de tierras, establecía el pasaje de los inmuebles rurales de la Administración Central y de los entes autónomos y servicios descentralizados, pero otorgaba noventa días a los organismos para cedérselos al Instituto Nacional de Colonización, incluso, con deducción de gastos. En este caso, el pasaje lo veo más concreto y directo por si alguno no da cumplimiento a lo que dispone aquella ley.

Y sobre el artículo 4.° al que se refirió la señora senadora Topolansky, coincido plenamente. Precisamente, el material que pude leer de la División Estudios Legislativos concluye que la doctrina nacional sostiene que el cambio de destino de bienes inmuebles entre los entes del Estado no debería ser por expropiación y escritura pública. O sea que no habría que hacer traslación patrimonial porque todos esos bienes pertenecen al complejo patrimonial del Estado. Por lo tanto, el cambio de destino de los bienes fiscales no debería hacerse por medio del derecho privado, sino por una ley.

Coincido con la señora senadora Topolansky en el sentido de esperar la concurrencia la próxima semana de la señora ministra para consultarla sobre el tema; de todas maneras, pienso que sobre el mismo proyecto de ley se podría aprobar lo que corresponda y no figure en la LUC. Adelanto que el espíritu de la iniciativa comprende mi pensamiento.

SEÑORA TOPOLANSKY.- Recuerdo que el predio en el que se hizo una de las construcciones del Plan Juntos, ubicado en Luis Batlle Berres y ruta 5, había sido del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y luego pasó al Ministerio del Interior. El trámite demoró más que la construcción de las viviendas. Allí hay viviendas del Plan Juntos, cooperativas; en fin, se trató de integrar distintos programas. Si bien hay una parte de bañados está casi todo construido, pero se perdió un tiempo precioso. Y justamente ese es el sentido del artículo 4.°. No es nuestra intención hacer llover sobre mojado, pero siempre pasa que se adicionan normas. La ley de repoblamiento de la campaña se adicionó a la ley de colonización; recuerdo que a propósito de ello se dio una discusión muy interesante en su momento. Es decir que se van mejorando las herramientas porque la misma práctica indica cómo se debe seguir.

SEÑOR PINTADO.- Sin lugar a dudas comparto totalmente que como el Estado uruguayo es uno solo,  es ridículo hacer la escritura de un terreno que está en un ministerio cuando pasa a otro.

                El artículo 415 de la LUC dice: «La reglamentación establecerá la forma de acreditación de que los bienes inmuebles estén vacíos y sin uso, la forma de transferencia de los mismos y los medios para efectuar las notificaciones previstas en este artículo». Cuando comparezca la señora ministra deberíamos preguntarle qué tiene pensado acerca de la reglamentación, porque tal vez podríamos sugerirle el  artículo 4.º, para agilizar.

SEÑORA TOPOLANSKY.- Es verdad que en una reglamentación se puede incluir eso, pero la fuerza de la ley es diferente. Quizás a la señora ministra le sirva mucho más la herramienta de la ley, y eso no colide porque la reglamentación puede remitirse a ello.

SEÑOR PINTADO.-  Exactamente. Además, como dice la señora senadora, después que se vota el proyecto de ley, tiene otra fuerza. Entonces, cuando concurra la señora ministra sería bueno intercambiar ideas y referirnos al artículo 4.º, ya que quizás estaríamos solucionando un problema que tal vez no hayan percibido. En realidad, no sería un problema sino una sugerencia para agilizar el tratamiento del proyecto de ley y, en particular, complementar el artículo 415 de la LUC.

SEÑOR PRESIDENTE.-  En principio estaríamos de acuerdo con que cuando concurra la señora ministra pidamos su opinión sobre el proyecto de ley en consideración y el vínculo entre este y el artículo 415 de la LUC. Quizás entienda que el artículo 1.º pueda aportar algo más al 415 y lo dejamos, o no. Está claro que el artículo 2.º es distinto y creo que también hay consenso en cuanto a que el artículo 4.º es importante para ordenar la metodología.

                Recuerdo que los artículos 415 y el 1.º están muy unificados porque en la versión original de la LUC la cartera de tierras iba solo para la Dirección Nacional de Integración Social y Urbana, luego lo cambiamos y quedó para las dos direcciones. Ahora prácticamente es lo mismo porque, repito, si quedaba solo para la Dirección Nacional de Integración Social y Urbana excluía  a los otros planes de vivienda que no estaban allí.

                Acá está bien que se diga Dirección Nacional de Vivienda porque en este período no existía la Dirección Nacional de Integración Social y Urbana. O sea que se podría unificar y trabajar en esa línea.

                Entonces, dejaríamos los artículos 2.º y 4.º, compararíamos el artículo 3.º con los controles de catastro y contaduría para ver si son unificables, y si no lo son se hará algún agregado; en esta línea, luego de la opinión de la señora ministra, trabajaríamos para enviarlo al plenario.

SEÑOR CAMY.-  Con franqueza quiero decir que desconozco si alguna repartición del Estado –de cara a lo que es la instancia presupuestal– hoy está manejando algún tipo de plan con inmuebles en desuso de su propiedad. Voy a hacer un planteo a modo de ejemplo. Hace dos días la directora de registros me decía que, justamente, en la capital del departamento de San José –donde resido–, la dirección de registros alquila un inmueble desde hace algunos años, teniendo otro de su propiedad que empezó a alquilar para repararlo. En medio de eso    –yo no sabía– se le dio por treinta años de comodato a una organización, una ONG reconocida en San José, pero resulta que pasó el año y seis meses o los dos años que tenía para gestar las reformas edilicias correspondientes. Como sabe que soy de San José, me comentó que estaban evaluando poder eventualmente dejar de alquilar y proyectar ese ahorro en la refacción. Supongo que quizás en otros organismos puede haber situaciones de este tipo. No lo sé, lo desconozco. Tampoco sé cuál sería la forma de poder consultarlo. Obviamente, es muy amplio.

En principio estoy de acuerdo con esto, pero se me ocurre que de repente puede haber –más allá de nuestra mejor voluntad–, al dar un pasaje automático, inmediato, general de todos los inmuebles del Estado, afectación a alguna consideración especial que algún organismo esté realizando.

SEÑOR PRESIDENTE.- Eso pasa con el artículo 415.

SEÑOR PINTADO.- Es por eso que el artículo 415 habla de noventa días.

SEÑOR CAMY.-¿Para hacerlo efectivo?

SEÑOR PINTADO.- Exactamente. Y es por eso que en esos noventa días si no hay un informe queda tácitamente. Creo que es el mismo espíritu que estaba en la ley de los bienes rurales.

SEÑOR CAMY.- Correcto.

SEÑORA TOPOLANSKY.- En realidad no es un paquete que pasa, sino que hay un diálogo con el organismo. El organismo tiene una planificación en la que puede decidir si ese bien no lo va a usar; o tiene proyectado hacer una obra, pero recién los recursos van a estar en el tercer año del presupuesto, etcétera. Son situaciones distintas. Se puede buscar una redacción que contemple eso, pero diríamos que el espíritu es que no haya cosas sin utilizar.

SEÑOR LOZANO.- El artículo 412 del proyecto de ley de urgente consideración habla de previo consentimiento de los entes autónomos. O sea que ahí contemplaría lo que estaba diciendo recién el senador Camy.

SEÑOR CAMY.- Correcto.

SEÑORA TOPOLANSKY.- Es eso. En realidad, es lo que dice el senador Pintado. Tiene que haber una armonía en el Estado. Pero la idea es la no subutilización, que es lo más penoso.

(Dialogados).

SEÑOR PRESIDENTE.- En las épocas en que fui ministro sufrí bastante los problemas, sobre todo estando en salud pública, que tiene muchos inmuebles. También hay inconvenientes con la cesión de inmuebles porque a veces son donados solo para salud, solo para hospital, etcétera. Pero esos son temas puntuales.

SEÑOR LOZANO.- Muchas veces esos bienes están ocasionando costos y están vacíos.

SEÑORA TOPOLANSKY.- También hay bienes endeudados, herencia yacente, etcétera. Hay de todo. Yo recuerdo bien que salud pública recibió en Flores una donación de un predio rural que no le servía para nada. Entonces hizo todo un trámite, que fue complejo, lo vendió y con ese dinero restauró todos los techos del hospital; invirtió en la refacción del hospital y quedó muy bien. Los dineros salieron de la venta de la donación y se respetaba el espíritu del donante. El donante da lo que tiene para donar, pero de repente no coincide con las necesidades del organismo. Es por eso que creo que en estas cosas tenemos que estar siempre arriba.

SEÑOR PRESIDENTE.- En definitiva ¿estamos de acuerdo con eso?

(Apoyados).

SEÑOR CAMY.- Entonces, la señora ministra vendría el martes próximo.

SEÑOR PRESIDENTE.- Así es; el martes próximo a las 16:30.

Se levanta la sesión.

(Son las 17:10).

 

 

 

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.