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Carátula

COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN Y LEGISLACIÓN

(Sesión celebrada el día 23 de junio de 2020).

 

SEÑORA PRESIDENTE.- Habiendo número, está abierta la sesión.

(Son las 14:36).

                ­­–Ingresamos al análisis de los asuntos que figuran en el orden del día. Se trata de dos temas cuya prioridad habíamos acordado: domicilio legal del Instituto Nacional de Colonización y tenencia de armas.

                En realidad, la secretaría hizo llegar todo un listado de temas que tenemos por delante, entre ellos, los propuestos por la señora senadora Kechichián que requieren la convocatoria de cátedras y demás –lo que, eventualmente, hoy mismo podemos ya prever–; en todo caso, los que nos toca analizar en esta sesión parecían ser los más sencillos.

SEÑOR CAMY.- Bien, señora presidente.

                El primer punto es el proyecto vinculado al domicilio legal del Instituto Nacional de Colonización, que fue aprobado por unanimidad en la Cámara de Senadores en la legislatura pasada.

                En cuanto a los objetivos de la iniciativa, podría decirse que, más allá del logro en la práctica eventual –que se dispondrá oportunamente, si es que existe la voluntad del directorio correspondiente–, fundamentalmente persigue una definición filosófica. Me explico. El Instituto Nacional de Colonización existe desde 1948, regido por la Ley n.° 11.029 que, en su artículo 2.°, establece la obligatoriedad de que la sede central esté en la ciudad de Montevideo. Nosotros creemos que es bastante incongruente con la lógica de un organismo que tiene  sus doce regionales,  así como  la  totalidad de las hectáreas –más de 500.000– que componen su patrimonio y su razón de ser, junto con los colonos que son propietarios o tenedores arrendatarios o promitentes compradores, todos en el interior del país, en  los 18 departamentos restantes; es decir, de las más de 200 colonias que tenemos, hay al menos una en cada uno de esos 18 departamentos, no hay ninguna en Montevideo y ninguno de los casi 6.000 colonos vive en Montevideo, es decir, todos están radicados en los 18 departamentos restantes. Entonces nos parecía bastante ilógico, no el hecho de que estuviera en Montevideo –pues seguramente pueda haber razones para que, pese a todo esto, la capital administrativa esté en Montevideo y los servicios estén acá– sino que eso esté determinado coactivamente. Parece bastante lógico que mañana, analizado este aspecto, pudiera establecerse en otro lugar, como por ejemplo, en el centro del país, que geográficamente sería Durazno. Recuerdo que cuando fui vicepresidente del Instituto Nacional de Colonización, durante el Gobierno del doctor Batlle, el 80 % de la tierra colonizada estaba sobre el literal oeste –trazada una línea imaginaria de Artigas a Montevideo– y el punto medio allí sería Paysandú que, por otra parte, es el departamento que tiene más tierra colonizada: un 25 %. En fin, es un aspecto a discutir.

                Me parece que este es un tema filosófico, que tiene que ver también con una tendencia mundial que es, precisamente, la de ir hacia la descentralización, contrariamente a lo que hemos ido consolidando a lo largo de la historia, que es un país macrocefálico. Como me señaló un embajador de un importante país europeo hace algunos años, Uruguay es el único país que tiene una sola ciudad que reúne a más de la mitad de los habitantes, algo en lo que nunca me había puesto a pensar ni había corroborado.

                Entonces, en este caso la lógica es esta: que a un organismo que tiene su razón de ser en el interior del país, que es donde están todos los colonos, toda la tierra colonizada y todos los servicios, parece lógico que por lo menos la ley no le obligue a estar ubicado, necesariamente, en el único departamento con el que no tiene vínculo alguno. Ese es el propósito de este proyecto que, repito, en el período pasado tuvo aprobación unánime de esta cámara y cuyo tratamiento no llegó a concretarse en la Cámara de Representantes debido a los tiempos parlamentarios, pero probablemente tampoco allí habría habido problemas para ser aprobado.

SEÑOR RUBIO.- Me parece que este proyecto es muy atinado y que deberíamos aprobarlo. En realidad, las justificaciones las ha dado el señor senador Camy y creo que no es necesario abundar sobre ellas.

(Apoyados).

SEÑOR DOMENECH.- Parece haber unanimidad.

SEÑORA PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar en general el proyecto de ley.

(Se vota).

                –7 en 7. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                Léase el articulado.

(Se lee).

«Artículo 1º.- El Instituto Nacional de Colonización creado por Ley n.º 11.029, de 12 de enero de 1948, tendrá su domicilio legal y principal asiento en cualquier punto del territorio nacional.

Artículo 2º.- El directorio del ente autónomo por mayoría especial de cuatro votos determinará cuál es la ubicación adecuada para su instalación, atendiendo primordialmente el criterio de mayor cercanía con las colonias y sus administrados».

–En consideración.

SEÑORA KECHICHIAN.- Tengo un par de dudas que me gustaría que me aclararan. ¿Cuántos funcionarios tiene el Instituto Nacional de Colonización? A su vez, ¿qué problemática generaría esto para quienes ya trabajan allí y, obviamente, están en Montevideo? Necesitaría esa información solamente para comprender un poco más la situación, porque cuando uno toma una decisión de este estilo, a veces hay otras connotaciones. Quizás el señor senador Camy pueda responderme.

SEÑOR CAMY.- No me animaría a señalar cuántos funcionarios hay en este momento en la casa central, aunque estimo que no deben ser más de doscientos; seguramente haya algunos menos. Esa podría ser una razón por la cual, aun con este cambio legal, el directorio decidiera no hacer modificaciones y continuar en la capital. Lo que no veo es que sea la ley la que lo obligue a estar ubicado en Montevideo, porque desde otra óptica también prohíbe que esté en otro departamento. Es más, si el día de mañana algún directorio entendiera positivo –por las razones que fuere, particulares de este organismo– que la sede estuviera en el interior del país, debería haber una ley que propiciara esa solución. A mi entender, lo lógico sería que el directorio determinara la localización. Y si, por ejemplo, existiera alguna de esas razones que señala la señora senadora –que podría ser–, al amparo de esta norma, quedaría en Montevideo, tal como está ahora.

SEÑOR DOMENECH.- Opino que el cambio de sede no podría afectar a los funcionarios porque tienen un régimen estatutario por el cual no se los puede obligar a trasladarse a Paysandú o a Durazno, por ejemplo. Sí creo que podría abrirse una instancia para que aquellos funcionarios que lo desearan, pudieran hacerlo, pero a quienes no quieran, habrá que mantenerles su situación estatutaria. Me da la impresión de que eso es de toda lógica, tal como sucedería también en el caso de una empresa privada. El ius variandi del derecho laboral, que permite al empleador cambiar determinadas condiciones de trabajo, no puede permitirle, en caso de tener la fábrica en Montevideo, trasladar a la gente a Durazno, por ejemplo. Eso no parece razonable.

SEÑOR CAMY.- El planteamiento, tan atinado, que hace la señora senadora Kechichian me recuerda un debate que quienes somos del interior hemos dado desde hace muchísimos años, en distintas instancias –lo recuerdo fundamentalmente desde la óptica de la militancia universitaria gremial–, una forja de muchas décadas que felizmente se ha ido concretando, y que es la descentralización de la Universidad de la República. Uno de los argumentos que siempre se esgrimía era el de que los profesores no iban a poder ir al interior o que la calificación educativa iba a ser distinta.

                Respetuosamente digo que tal vez no se vea –salvo por parte de quienes la padecen– la lógica centralista avasallante que tiene este país. Me parece –no digo que este sea el caso– que a veces damos como lógicas cosas que no pueden serlo. Este organismo en particular tiene toda la razón de su existencia, su capital entero, la razón de sus acciones y el mandamiento de la ley, todo, vinculado con los dieciocho departamentos, sin embargo, ninguno de ellos puede ser sede de la casa central.

                Reitero que no sé si la mudanza sería lo más conveniente, pero lo más lógico sería que las autoridades competentes pudieran determinar con libertad su conveniencia.

SEÑORA PRESIDENTE.- ¿En qué afecta el cambio de domicilio legal? ¿Es a los efectos jurídicos?  No implica la mudanza material y el principal asiento, eso también lo determinará el directorio. Entonces, entiendo que lo que cambia es que frente a la obligación de que el domicilio constituido fuera necesariamente en la capital, aquí se faculta al directorio a que lo establezca en donde lo estime pertinente. Este es el cambio que propone el proyecto de ley. ¿Es así?

SEÑOR CAMY.-  Exacto, señora presidente.

                Históricamente, ha habido algunas iniciativas. Conozco y voy a citar una de ellas. Hace muchas décadas –quien habla era nacido, pero ni siquiera ejercía los derechos ciudadanos– un exdirector del Instituto Nacional de Colonización quiso establecerlo en Durazno porque entendía que era más equidistante para los colonos. Eso fue lo que tomó como referencia para localizarlo en el centro del país, como principal asiento de los servicios administrativos.

                En oportunidad de haber sido vicepresidente de este organismo, a principios del año 2000, llegamos a tener más de una reunión con el Banco Hipotecario del Uruguay. El planteo era cederle al banco la sede regional de Colonización en la capital de Paysandú –un lugar céntrico, de mucho valor inmobiliario– para que hiciera un edificio de altos y que a cambio nos dejara parte del edificio para que fuera la sede del organismo; de ese modo se reivindicaba ese punto medio, precisamente, de la cantidad mayor de colonos concentrados y, a su vez, el 25 % de la tierra colonizada en ese departamento.

                Finalmente, nunca surgieron resultados concretos, más allá de que se ha analizado. En lo personal, siempre lo analicé desde la perspectiva que me preocupaba, es decir, la de que  un  organismo tan  fuertemente  vinculado  con el  interior  del  país –absoluta y precisamente vinculado; tal vez el único con esa precisión– estuviera regido por una disposición legal que prohibiera que el asiento principal de la sede fuera en cualquiera de esos departamentos; parecía algo ilógico.

Creo que esto es una señal de descentralización, tal como otras que se han dado, por ejemplo, a nivel de la Universidad de la República. Fui de los que apoyaron con mucho entusiasmo la iniciativa del gobierno pasado de creación de la UTEC, que requirió mayoría especial; y más allá de algunas atinadas opiniones, no cuestionando pero sí planteando algunos reparos respecto a la casa mayor de estudios, creo que fue una respuesta histórica –más allá de lo pedagógico y educativo– de acceso a la educación en el interior del país. Desde esa lógica de descentralización y, si me permiten –perdón si ofendo a alguien–, desde un espíritu federal muy latente, es que también impulsamos esta iniciativa.

SEÑORA KECHICHIAN.-  Comparto el espíritu del proyecto de ley, me parece lógico. La centralidad de Montevideo tiene una larga historia, y también hay algunas cuestiones avaladas, incluso, por mucha gente del interior. Cuando uno habla con gente de Cerro Largo o de Treinta y Tres, muchas veces nos dicen que resulta mucho más fácil venir a Montevideo que ir a San José o a Paysandú. Quiere decir que hay muchos factores que determinan que la centralidad se mantenga. Crear una institución desde cero, como ocurrió con la UTEC, resulta más fácil que cambiar una que fue creada en 1948 y tiene 200 funcionarios. Creo que deberíamos dar una señal en el sentido de la no obligatoriedad, pues a la luz del Uruguay de hoy quizás no tenga razón de ser obligar a un instituto que tiene tanto que ver con el interior; pero debemos tener en claro que no es tan sencillo actuar en ese sentido y poner esto en manos de un directorio que, eventualmente, puede llegar a tener un conflicto con sus trabajadores. No sé; quiero mirar esto con cierta sensatez. Está bien dar una señal, pero sepamos que no va a ser tan fácil concretar este tipo de cambios.

SEÑORA PRESIDENTE.- Sobre lo que señala la señora senadora Kechichian quiero decir que, a mi juicio, esto es un cambio de domicilio en los papeles y no va a implicar el traslado de recursos humanos de una sede a otra. Eso es lo que yo entendí.

SEÑOR CAMY.- Esa es una facultad o potestad del directorio. Lo que se está proponiendo es dejar librado el asunto a su determinación y seguramente será ese órgano el que estime con mayor rigor este tipo de consideraciones.

SEÑORA BIANCHI.- Me parece que, desde el punto de vista jurídico, ni las personas físicas ni las jurídicas tienen la obligación de poseer un solo domicilio. Lo que ocurre es que la ley es restrictiva; si no lo fuera, resultaría natural que se pudiera constituir domicilio legal, por decisión del propio directorio, en cualquier otro lado.

                Acá estamos cambiando una ley que fue muy buena y hecha con una capacidad brutal con respecto a lo que es el interior, y tal vez por eso llama la atención. En lo personal, entiendo que no es necesario cambiar ninguna sede, porque simplemente estamos habilitando a que se tenga otro domicilio ya que, reitero, puede haber más de un domicilio legal, puesto que es a los efectos contractuales que se constituye domicilio en otro lado. Si el directorio dice que habilita a que también se considere como domicilio legal la sede de determinado lugar y luego en los hechos eso se concreta, entonces la gente quizás desarrolle la actividad en ambas sedes. De pronto para los profesionales es mejor que la sede esté en Montevideo, lo cual no afirmo que sea bueno, pero así se ha vivido.

                En definitiva, entiendo que se trata de una cuestión que no tiene efecto desde el punto de vista material, aunque sí lo tiene para que se pueda constituir domicilio en otro departamento.

SEÑOR RUBIO.- Si hay dudas se puede apelar a los antecedentes, ya que seguramente esto fue planteado en el período anterior, cuando se consideró el proyecto en la comisión. Yo no era senador en ese momento, pero imagino que en aquella oportunidad habrá concurrido a este ámbito el directorio y se habrá hablado de este aspecto.

SEÑORA PRESIDENTE.- En la versión taquigráfica de la sesión del 21 de agosto se habla de ese tema.

SEÑOR DOMENECH.-  Mañana, quien deba interpretar esta ley tendrá que remitirse a los antecedentes legislativos. En comisión –por lo menos en lo personal– estimamos que esta ley en forma alguna puede alterar los derechos de los funcionarios y obligarlos a un traslado a gran distancia del domicilio en el que están radicados al momento de aprobarse la ley. En caso de trasladarse al interior la sede del Instituto Nacional de Colonización deberá recurrir a los funcionarios que viven en la localidad, realizar nuevas contrataciones, o bien darle la opción de trasladarse a la nueva sede. En ese sentido, trasladando un poco el ius variandi del derecho laboral al administrativo diría que esto no puede perjudicar a los funcionarios.

SEÑOR CARRERA.- Pido disculpas por llegar tarde, pero estaba en otra reunión.

En la legislatura pasada acompañamos este proyecto de ley, pretendiendo dar un mensaje que apuntaba a la descentralización. Por lo general los entes autónomos y servicios descentralizados que se crean se radican con domicilio en la capital de la república. La UTEC –que salió por unanimidad– fue un logro muy bueno y su sede se ubicó en el interior del país. Lo que se busca –y lo digo como ciudadano del interior profundo– es dar un mensaje y autorizar al directorio para que cuando tenga las perspectivas y condiciones necesarias pueda radicar el domicilio en cualquier lugar de la república. Hoy el Instituto Nacional de Colonización está en un edificio prestado, por lo que sería lo importante que pudiera tener su propia sede en algún punto del interior. 

Creo que más que nada el sistema político está dando un mensaje autorizando el cumplimiento de los objetivos de esta vieja ley del año 1948. Digo esto porque el domicilio del instituto está en Montevideo, pero sus cometidos se cumplen en el interior. En aquel momento se trabajó en el tema, se citaron autoridades y la definición política a la que se llegó fue acompañar con los argumentos que acabo de señalar. Lamentablemente fue tratado muy sobre la fecha porque la legislatura anterior terminó el 15 de setiembre y no se pudo culminar con el trámite legislativo. 

Pido disculpas nuevamente porque llegué tarde a la comisión, pero pediría la autorización a mis compañeros de bancada para poder acompañar este proyecto de ley.

SEÑOR CAMY.- El proyecto de ley se votó en general.

(Se suspende momentáneamente la toma de la versión taquigráfica).

SEÑOR CARRERA.- Solicito que se rectifique la votación en particular.

(Dialogados).

SEÑORA PRESIDENTE.- En consideración el artículo 1.º.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                ­­–9 en 9. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En consideración el artículo 2.º.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –9 en 9. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                Queda aprobado en comisión. Correspondería designar al miembro informante.

SEÑOR CARRERA.- Proponemos al señor senador Carlos Daniel Camy.

SEÑORA PRESIDENTE.- Se va a votar la propuesta formulada.

(Se vota).

                –8 en 9. Afirmativa.

                Queda designado el señor senador Camy como miembro informante.

(Se suspende momentáneamente la toma de la versión taquigráfica).

                –Se pasa a considerar el asunto que figura en tercer término del orden del día: «Carpeta n.º 137/2020. Distribuido n.º 80/2020. Tenencia de armas. Se prorroga el plazo establecido en el artículo 6.º de la Ley n.º 19247, de 15 de agosto de 2014. Proyecto de ley con exposición de motivos presentado por el señor Senador Carlos Camy».

SEÑOR CAMY.- Este proyecto de ley tiene su origen en la pasada legislatura. Tuvo aprobación unánime en la Cámara de Senadores y en la Cámara de Representantes.

                Lo que proponía el proyecto era prorrogar, por doce meses, la entrada en vigencia del artículo 6.º de la Ley n.º 19247, de 15 de agosto de 2014, que es la ley que regula la tenencia, el porte, la comercialización y el tráfico de armas y municiones, reglamentada por el decreto 377/2016 del Poder Ejecutivo, de diciembre de 2016.

                A través de distintos pedidos de informes, fundamentalmente al Ministerio de Defensa y al Poder Judicial, identificamos oportunamente un problema –algo que nos alarmó– por algunos datos que se desprendieron de estos informes. Por ejemplo, desde el año 2015 hasta el 2017, se registró un total de 1362 armas entregadas en forma voluntaria para su correspondiente destrucción en el Servicio de Material y Armamento, que depende del Ejército Nacional. En ese mismo período, el Poder Judicial nos respondió que había realizado 14102 solicitudes a esa dependencia del Ministerio de Defensa para informarse sobre el origen de las armas sujetas a algún tipo de proceso judicial, y se dio cuenta de que solo el 2,48 % se encontraba con denuncia de extravío y 5682 carecían de registros.

                Si tenemos en cuenta que en el Registro Nacional de Armas –que data de 1943 y fue uno de los primeros que hubo en la región– se encontraban registradas en ese momento 604.041 armas, evidentemente concluimos que el proceso de orden de desarme, o lo que perseguía la ley, no estaba dando resultados. Si a eso le sumamos que en el artículo 152 del Código Penal se tipifica como delito la tenencia irregular de armas y se tiene en cuenta que todos debemos estar en contacto con algún ámbito familiar o de conocidos –es bastante común en el interior del país, fundamentalmente, en la campaña de nuestro país– en el que se tienen armas –a veces vetustas o en desuso, heredadas de los abuelos, de otros tiempos, las que muchas veces alhajan la barbacoa de la casa o se custodian con afecto o cariño familiar–, por estas condiciones irregulares esta gente sería potencialmente pasible de ser tipificada de un delito de tenencia de armas. Entonces, por todo esto fue que señalamos que era preciso prorrogar la vigencia.

                El proyecto de ley original planteaba un plazo de dos años. En esta comisión se trabajó el tema –y por eso logró el respaldo unánime– y se sancionó como ley el plazo de doce meses. Además, se agregó algo que no venía en el proyecto de ley original –lo planteó el señor senador Carrera con buen tino– y que tenía que ver con encomendarle al Poder Ejecutivo la realización de una campaña pública para informar a la población al respecto. Sosteníamos esto porque advertíamos que parte de la población estaba desinformada, que no estaba advertida de lo que la ley del 2014 establecía para poder regularizar la tenencia de armas.

También hubo ciertas circunstancias, reitero que sobre todo en el interior del país, donde me parece que la dificultad se amplificó más. Mucha gente, fundamentalmente del medio rural, quería regularizar la tenencia de armas y no lo podía lograr. La base de este problema está en que la ley del 2014 conlleva nuevos requisitos para poder tener el arma en condiciones y obtener los permisos correspondientes, lo que se dificultaba poner en práctica.  Por ejemplo, una de las dificultades tiene que ver con la prueba balística que tiene que desarrollarse y para la cual en la actualidad creo que se siguen dando veinte números por semana, cuando tenemos un parque de armas de casi setecientas mil para regularizar en todo el país.

Hay quienes sostienen –ha sido por parte de especialistas– que esta situación también podría promover y facilitar el mercado negro de armas. Por ello, al haberse terminado el plazo de prórroga el pasado 5 de enero, se propone este proyecto de ley que contiene una nueva prórroga. Concretamente, se establece que lo dispuesto en el artículo 6.° de la Ley n.º 19247 se prorroga por dos años contados a partir del 5 de enero de 2020, que fue cuando cayó la prórroga anterior.

Con el mismo espíritu, también se establece la solicitud al Poder Ejecutivo de que se haga una campaña de información para la población. Es así que creemos que dos años es un plazo prudente para que, mediante esta campaña, la ciudadanía pueda regularizar la situación en su totalidad y que se promueva la entrega voluntaria de armas. En definitiva, entendemos necesario adecuar los plazos para permitir que los ciudadanos puedan, en forma voluntaria y ordenada, entregar el armamento viejo o en desuso, el que muchas veces ocasiona más problemas que soluciones en los hogares uruguayos. A su vez, los coleccionistas, los tenedores de armas por deporte o por la sola legítima voluntad de tener armas dentro del marco de la ley lo van a poder hacer sin necesidad de estar padeciendo las incertidumbres o directamente las faltas penales que se estarían cometiendo en los hechos al día de hoy.

SEÑORA KECHICHIAN.- Es del todo lógico lo que se está planteando para tener las cosas prolijas. Está bien que se disponga una nueva prórroga para habilitar que esta situación se emprolije de alguna manera. De todas formas, si no hacemos algo más, creo que se va a volver a repetir el mismo problema; si no se hace una campaña obligatoria de difusión y si no se puede cumplir con la prueba de balística o con los otros requisitos que exige la ley, en dos años vamos a estar en la misma situación. Me parece que deberíamos agregar algo más a todo esto; de lo contrario, nos vamos a quedar tranquilos porque la prórroga nos da cierta prolijidad en el manejo, pero los problemas se van a seguir sucediendo. Por ejemplo, nadie va a poder cumplir con lo que pide la ley, que es la prueba balística, porque si son veinte por semana y hay setecientas mil armas parece algo imposible. Además, tampoco hay una campaña porque la gente sigue desinformada.

                En definitiva, para poder prorrogar deberíamos establecer algunas otras obligaciones o hacer ciertas modificaciones que hagan posible el trámite.

SEÑOR RUBIO.- En campaña, el 80 % de las estancias uruguayas tiene armamento del tiempo de las guerras del siglo XIX –ni siquiera digo del siglo XX– que adorna las paredes de las barbacoas; hay de toda clase y es una especie de patrimonio familiar.

                Creo que hay que ser muy preciso y comparto la inquietud de la señora senadora Kechichian en cuanto a que, de alguna manera, debería haber alguna regulación que facilitara la situación. En realidad, se está incurriendo en una cuestión penal –no sé si es un delito– por algo que, en parte, es una tradición muy arraigada.

SEÑOR DOMENECH.- Coincido con la señora senadora Kechichian en que con esto solo no basta, pero sería necesario dar esta discusión y aprobar el trámite para evitar que la gente incurriera en el delito sin tener conciencia y voluntad de delinquir.

Me parece que han conspirado varios elementos para que no se regularice la situación de las armas. Por un lado, está la clásica desidia de los compatriotas que lleva a hacer las cosas a último momento, a dejar pasar el tiempo y cuando se reacciona resulta que ya venció el plazo legal reglamentario. Ahora bien, entiendo que debería ser en la órbita reglamentaria –que compete a los Ministerios de Defensa y del Interior– donde se agilizaran los trámites a fin de que la gente pudiera fácilmente regularizar sus armas o entregarlas.

Este proyecto de ley, tal como está, es uno de los elementos que puede coadyuvar para que se regularice la situación, pero no es suficiente porque me consta que cumplir con los trámites es complicado y costoso. No olvidemos que incluso se requieren hasta exámenes médicos, pero no todos los psiquiatras y psicólogos están dispuestos a emitir los certificados correspondientes. En definitiva, existen algunas complicaciones cuya resolución correspondería a la órbita reglamentaria.

SEÑOR CARRERA.- Comparto el espíritu del proyecto de ley. Me parece que con la Ley n.º 19247 el país avanzó mucho, ya que en Uruguay no existían los delitos de tráfico interno e internacional y eso hacía que no se pudiera cumplir con cierta normativa. Es algo fundamental; son aspectos en los que han trabajado mucho la señora senadora Bianchi, el señor representante Asti y otros colegas, sobre todo en temas como el lavado de activos y el crimen organizado. Es un tema muy importante en el que hemos avanzado, pero tenemos que profundizar aún más.

                Me parece bien acompañar la prórroga de dos años, pero tal vez habría que repetir el artículo 2.º que habíamos dispuesto en aquel momento, porque está bien respetar el espíritu originario de la iniciativa del señor senador Camy. El mencionado texto dice: «Artículo 2   Encomiéndase al Poder Ejecutivo a realizar campañas de bien público a través de medios radiales, televisivos, internet u otros análogos, a los efectos de darle la mayor difusión a los aspectos que hacen a la regularización y a la tenencia responsable de las armas, de acuerdo a lo establecido por la Ley N° 19.247, de 15 de agosto de 2014». Entonces, creo que habría que repetir ese texto y decir que el espíritu del Poder Legislativo es que se hagan campañas de bien público. Esta norma no busca prohibir la tenencia de armas, sino que la misma sea responsable. Considero que fue importante en su momento esta ley porque nos pusimos una vara muy alta, es decir, tener el AFIS balístico, que es importante para un país pequeño como el nuestro. Entonces, en este plazo de dos años que nos estamos dando, más la tecnología que tiene la policía científica, con campañas de bien público, creo que se puede lograr ese objetivo.

                Por tanto, nuestra propuesta sería la de un artículo 2.º que vaya por la línea de la ley del año 2019.

SEÑORA PRESIDENTE.- La secretaría me alcanza el artículo 2.º mencionado por el señor senador Carrera que queda a disposición por si lo quieren analizar para resolver incorporarlo.

                Evidentemente, por el artículo 2.º del proyecto sería retroactiva la norma. Me imagino que es para que no se incurra en irregularidades.

                Por otra parte, pregunto si en el trámite legislativo de la anterior legislatura se citó a organizaciones como clubes de tiro y si estaban de conformidad con este tenor.

                Perdón por mi ignorancia, pero quisiera saber si existen categorías porque me imagino que no es lo mismo un arma antigua, que fue heredada, que quizás no tiene un potencial dañino por su antigüedad, que otras que pueden ser deportivas y las que son letales. Pregunto si se establece algún distingo entre esas distintas categorías.

                Y la cuarta inquietud viene en línea con lo que propone el señor senador Carrera de encomendar, tal como está previsto en el artículo 2.º que repartió la secretaría.

SEÑOR CAMY.- Es atinente y estoy totalmente de acuerdo con la propuesta del señor senador Carrera de reincorporar como un artículo el encomendar, como lo hizo la ley que estuvo en vigencia hasta el 5 de enero, al Poder Ejecutivo, a través de una campaña de promoción, mostrar el espíritu de la norma.

                Por otro lado, no vinieron formalmente a la comisión clubes de tiro u otras organizaciones –hay una que se llama Autraf, Asociación Uruguaya de Tenedores Responsables de Armas de Fuego–, pero sí se vincularon individualmente, creo que con casi todos los que estábamos en la comisión. Ellos son los que promovieron, de alguna manera, la extensión del plazo, incluso, realizaron algunas instancias a las que concurrió algún legislador y fundamentalmente estaban los clubes de tiro de todo el país, como también diversos coleccionistas. Por tanto, la propia ley n.º 19247 establece, con mucha precisión –creo que es una pieza legislativa de enorme valor– las distintas categorías. Por ejemplo, la ley precisa el número de armas para un tenedor individual, que es distinta a la que puede tener un coleccionista, incluso, se define quiénes son y pueden obtener un carné particular para ello. También figura el uso deportivo del arma y todas las categorías.

                En consecuencia, específicamente la norma que se sancionó en la legislatura pasada y la prórroga que se quiere alcanzar, más el aditivo que promueve la publicidad correspondiente, es lo único que afectamos de la Ley n.º 19247. Es decir que estamos prorrogando el alcance del artículo 6.° que, en esa elevación de la vara que mencionó el señor senador Carrera, dificultó el proceso de que efectivamente se cometiera el propósito que impulsaba la norma. Entonces, los resultados que arrojó esa realidad nos llevan a decir: "prorroguemos". No estamos tocando la norma, sino habilitando una prórroga. 

Y, en la misma dirección de lo que señalaba el señor senador Domenech, me inclino por sostener que los ajustes que puedan ser necesarios introducir –si los hubiera– corresponden a la esfera de la reglamentación vía decreto y no de la ley.

(Se suspende momentáneamente la toma de la versión taquigráfica).

SEÑORA PRESIDENTE.- De acuerdo con lo resuelto se incorporaría el artículo 2.° de la Ley n.° 19247 como artículo 3.°.

SEÑOR CAMY.- Correcto.

SEÑORA PRESIDENTE.- O se intercala.

Léase el artículo 1.°.

(Se lee).

«Artículo 1.º.- Prorrógase el plazo establecido en el artículo 6 de la ley número 19.247 de 15 de agosto de 2014, el que será de dos años contados a partir del día 5 de enero del año 2020».

–En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

–9 en 9. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Léase el artículo 2.°.

(Se lee).

«Artículo 2.º.- Encomiéndase al Poder Ejecutivo a realizar campañas de bien público a través de medios radiales, televisivos, internet u otros análogos, a los efectos de darle la mayor difusión a los aspectos que hacen a la regularización y a la tenencia responsable de las armas, de acuerdo a lo establecido por la Ley N° 19.247, de 15 de agosto de 2014».

–En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

–9 en 9. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Léase el artículo 3.°.

(Se lee).

«Artículo 3.º.- La presente ley entrará en vigencia con fecha 5 de enero del año 2020». 

–En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

–9 en 9. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Se propone al señor senador Camy como miembro informante del proyecto de ley.

SEÑOR CAMY.- Muchas gracias.

SEÑORA PRESIDENTE.- A continuación voy a reportar algunas novedades de trámite. 

Con respecto a la suspensión de los fueros parlamentarios del señor senador Manini Ríos, debo decir que ayer recibí una llamada telefónica de la presidente de la Suprema Corte de Justicia, Bernadette Minvielle, comunicando que había recibido el pedido de remisión del expediente de Paso de los Toros, solicitado por el señor senador 
Domenech. La doctora me dijo que se trata de un expediente de dos mil fojas y que no cuenta con los recursos materiales ni humanos, y tampoco con el tiempo suficiente, para reproducirlo.
Por tanto, me comuniqué con el señor senador Domenech porque sugería que lo mejor era que alguien fuera a identificar las partes del expediente que fueran pertinentes a la causa. El señor senador se ofreció a ir a ver el expediente ya que había sido quien había pedido su remisión. Está en un tribunal de apelaciones y él concurriría a identificar las partes que les resulten pertinentes para ser remitidas.

                Eso, sin perjuicio de que cualquiera de los miembros de esta comisión que lo estime pertinente también pueda concurrir a identificar y pedir la remisión de otras fojas.

SEÑORA BIANCHI.- Iba a proponer que tuviéramos acceso a todo el expediente, no solo para no recargar al senador Domenech, sino porque tal vez una parte de ese documento puede parecerme importante  a mí, pero al señor senador, no.

                Nosotros tenemos impresoras más o menos normales y dos mil folios no significan la muerte de nadie. Que manden a un funcionario con el expediente, y cualquiera de nosotros les prestamos la impresora de nuestros despachos para que lo impriman. Parece mentira. Lo digo de verdad y me interesa que quede registrado en la versión taquigráfica. Es algo insólito que se le pida a la Suprema Corte de Justicia un expediente de dos mil folios, ¡por favor! ¿Cuánto tiempo demoran nuestras impresoras para hacer esa tarea? Si ellos quieren mandar a un funcionario, a un actuario, para que vigile el documento, nosotros prestamos la fotocopiadora.

                No sé si la Suprema Corte de Justicia tiene fotocopiadoras como las que tenemos nosotros. Es probable que no, pero me parece que es necesario que haya un poquito de voluntad para colaborar entre los dos poderes del Estado. Me parece que es mucho mejor hacerlo de esa forma.

SEÑOR DOMENECH.- Yo me ofrecía a hacerlo, señora presidente. Incluso, iba a decir que me habría resultado grato ir con algún otro senador. Sin embargo, creo que tiene razón la señora senadora Bianchi porque dos mil folios no es una cosa de otro mundo y me parece que es garantía para todos que venga la totalidad del expediente.

SEÑOR RUBIO.- Entonces, el Parlamento ofrece sus servicios técnicos para hacer la reproducción del expediente.

SEÑORA PRESIDENTE.- Por tanto, la moción de la señora senadora Bianchi es pedir en confianza el expediente, como hacen los abogados cuando quieren analizar un expediente. Podemos pedirlo por cuarenta y ocho horas, utilizar los servicios de la imprenta de la Cámara de Senadores para hacer las copias necesarias, y luego devolverlo.

                ¿Debería acometerse a alguien en particular para la realización de esta diligencia?

SEÑOR CARRERA.- Nosotros necesitamos acceder a todo el expediente y dada la delicadeza del tema, solicitamos que se nos lo preste y se permita que los servicios técnicos del Parlamento realicen las fotocopias. Quizás lo mejor sea que usted realice la diligencia directamente y luego lo encomendaría a la secretaría de la comisión.

SEÑORA BIANCHI.- Si me permite, señora presidente, agregaría que, en su calidad de presidente de la comisión, usted lo retira en confianza. Sería terrible que la presidenta del Tribunal de la Suprema Corte de Justicia contestara alguna cosa inconveniente, con lo cual nos encargaríamos de hablar con ella todos. Son poderes del Estado. Usted lo haría en confianza, por ser la presidente de la comisión y nosotros ofreceríamos los servicios.

(Intervención que no se escucha).

SEÑORA PRESIDENTE.- ¿Los señores senadores estarían de acuerdo en que se proceda de esa manera?

(Apoyados).

                Bien. Entonces, entre hoy y mañana me comunico y coordino para retirar en confianza el expediente y devolverlo en cuarenta y ocho horas.

                Por otro lado, quería comunicarles que me transmitió la secretaria del secretario de Presidencia –nosotros hicimos el pedido del expediente administrativo– que ese expediente administrativo ya no estaba en Presidencia de la República, por lo que habían derivado el pedido al Ministerio de Defensa Nacional. Esas son las novedades hasta ahora.

SEÑORA KECHICHIAN.- ¿Y sobre la desgrabación?

SEÑORA PRESIDENTE.- Sobre la desgrabación se había cometido al Cuerpo de Taquígrafos. Por eso, ahora consultó a la secretaría para saber si se tiene alguna novedad.

SEÑORA SECRETARIA.- La Dirección de Taquigrafía se iba a comunicar con el secretario del Senado. Es un tema que excede a nosotros.

(Se suspende momentáneamente la toma de la versión taquigráfica).

SEÑORA  PRESIDENTE.- El senador Carrera me hizo acordar que con respecto al expediente fiscal, ayer me comuniqué con la secretaria del señor fiscal general de la nación, cumpliendo con esto de urgir, y me dijo que estaban en eso, pero no tengo novedades en ese sentido. Aquí tengo el nombre: Lorena Arriola.

                Gracias, senador Carrera, porque había omitido esa gestión que estaba cumplida.

De acuerdo a lo conversado, lo de la Suprema Corte de Justicia quedó claro. Yo me comunicaré con el secretario del Senado para urgirle la desgrabación de las audiencias, tal cual lo pidió la señora senadora Kechichian.

Entonces, daríamos por terminada la sesión y nos reuniríamos el martes próximo.

(Se suspende momentáneamente la toma de la versión taquigráfica).

–De acuerdo a lo que solicité y a lo acordado con los señores senadores, a partir de la próxima sesión el horario de inicio de la comisión será a la hora 15:00.

Se levanta la sesión.

(Son las 15:34).

 

  

 

 

 

 

 

 

               

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.