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Carátula

COMISIÓN DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL

(Sesión celebrada el día 6 de agosto de 2019).

 

SEÑORA PRESIDENTA- Habiendo número, está abierta la sesión.

(Son las 16:57).

                –Dese cuenta de los asuntos entrados.

(Se da de los siguientes).

                «Se recibieron tres notas enviadas por el movimiento social “Quiero comprar mi casa”, que piden ser recibidos en el día de hoy, justamente por este proyecto de ley».

SEÑORA SECRETARIA.- La Secretaría les contestó, obviamente, que en el día de la fecha recién se le iba a dar entrada al asunto y que, por lo tanto, luego se resolvería.

SEÑORA PRESIDENTA.- Habría que tratar de recibirlos antes de que se termine esta legislatura.

SEÑOR CARRERA.- Podemos recibirlos en el mes de setiembre.

SEÑORA PRESIDENTA.- Entonces, los recibiríamos en la primera sesión de setiembre.

SEÑOR CARRERA.- Señora presidenta: en esta comisión hemos venido trabajando el proyecto de ley de vivienda popular y hemos recibido varias visitas. Luego de un trabajo exhaustivo, como bancada oficialista, nosotros vamos a proponer algunas modificaciones.

                En cuanto al proyecto de ley de vivienda popular, lo que queremos decir es que muchos de sus artículos ya son normas que existen en nuestro ordenamiento jurídico. Por ejemplo, si analizamos los primeros cuatro artículos del proyecto vemos que ya son derecho vigente.

                El artículo 1.º es muy similar a la Ley n.º 13728, que es la norma básica en materia de vivienda en nuestro ordenamiento y que el año pasado cumplió cincuenta años. Asimismo, ese artículo hace referencia al concepto de familia, que fue uno de los grandes aportes que en su momento hizo esta Ley Nacional de Viviendas. Concretamente, el artículo 7.º de la Ley n.º 13728 dice: «Entiéndese por familia, exclusivamente a los fines de esta ley, al núcleo familiar que ha de convivir establemente bajo un mismo techo, esté o no vinculado por razones de parentesco».

                Lo mismo podemos decir del artículo 2.º del proyecto de ley de vivienda popular, ya que es muy similar a los artículos 2.º y 3.º de la Ley Nacional de Viviendas, n.º 13728.

                Entonces, no podemos acompañar estos cuatro primeros artículos, porque ya son derecho vigente en nuestro ordenamiento. Además, puede existir una contradicción que sería peligrosa. Si hoy votamos estos artículos y resultan contradictorios a la Ley n.º 13728 podemos tener problemas hasta de derogaciones tácitas. Eso es gravísimo porque estaríamos derogando tácitamente la ley maestra o que cimienta las políticas públicas de vivienda en nuestro país. Me refiero a la Ley n.º 13728, del año  1968.

                Lo mismo tenemos que decir del artículo 3.º, que da un nuevo cometido a la Agencia Nacional de Vivienda. Nosotros consideramos que es peligroso, porque desconoce la ley de creación del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, que es de la década del noventa, del Gobierno del Partido Nacional. Además, este artículo 3.º es muy similar al artículo 1.º de la Ley 16237, del año 1992, que establece la obligación de realizar planes nacionales de vivienda en cada quinquenio.

                Lo que queremos decir nosotros es que estas normas no aportan elementos nuevos a nuestra legislación ni a la política nacional de vivienda y hábitat, y realizan modificaciones peligrosas. Desde el año 1985 a la fecha en este país se viene desarrollando una política pública según la cual los planes de vivienda se definen en los planes quinquenales que se incorporan  a la ley de presupuesto.

                El artículo 5.º crea el Fondo Nacional de Vivienda Popular por Construcción Pública. Creemos que eso también es peligroso, porque hoy, por la Ley n.º 13728 ya existe el Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización y allí se establecen sus cometidos.

                El artículo 6.º dice que las viviendas se construirán por la Agencia Nacional de Vivienda, que podrá licitar la construcción por empresas o por cooperativas, pero hoy eso es mucho más amplio. Es decir que estaríamos limitando las posibilidades y los programas que hoy existen, ya que hoy se construye por licitación, para construcción por empresas, por préstamos a cooperativas por ayuda mutua y por préstamos individuales de autoconstrucción y otros programas. 

                A su vez, el artículo 9.º es redundante, porque ya existe en la Ley n.º 13728 la posibilidad de declaración de utilidad pública de expropiación cuando los programas son con destino a vivienda. Hay una confusión jurídica y, además, existe una vieja norma del año 1912 que trata los temas de expropiaciones.

                El artículo 10 no lo podemos compartir de ninguna manera, porque dice que se construirá en tierras improductivas e inutilizadas, y hablar de eso es como hablar del suelo rural. Nosotros tenemos una ley del año 2008, de ordenamiento territorial, que establece claramente que las construcciones tienen que ser en suelos urbanos y suburbanos conformes a la ley de ordenamiento territorial. Entonces, creemos que este artículo es un retroceso; cuando hablamos de que se construya en suelo urbano o suburbano estamos diciendo que debe tener todos los servicios, de agua, de luz, de saneamiento, sociales, de escuela y de educación.

                Luego hay otros, como por ejemplo los artículos 11 y 12 que se refieren a las superficies mínimas; estos son contradictorios con leyes que votamos por unanimidad en esta legislatura, en el año 2017. Por ejemplo, la ley de mínimos habitacionales que la votamos en el año 2017; lo recuerdo porque ya integraba este Cuerpo.

Estos artículos son contradictorios con la ley del año 2017 y son redundantes porque coliden con competencias de los gobiernos departamentales y con competencias de otros organismos públicos como UTE y OSE. Por estos motivos no podemos acompañar estos artículos.

El artículo 13 es redundante porque ya existe una norma en la Ley n.º 13728. Respecto a los artículos 15 y 16, que refieren a los beneficiarios, creemos que son regresivos desde el punto de vista social porque todos pasarían a pagar lo mismo y no tienen en consideración la situación económica de la familia. Consideramos que el sistema de subsidio que hoy existe es mucho más beneficioso. El sistema que está en la ley de vivienda popular establece que serán beneficiarios de este plan las personas o núcleos familiares cuyos ingresos nominales sean iguales o menores a veinte Bases de Prestaciones y Contribuciones. Quiere decir que este proyecto de ley es perjudicial para los beneficiarios, porque hoy existe un sistema que es más beneficioso.

Actualmente existe una disposición reglamentaria que ha sido trabajada y defendida por diferentes sectores sociales. Antes había un umbral superior máximo genérico independiente de la cantidad de integrantes del núcleo familiar que era de 75 UR para unos pocos programas y 60 UR para la mayoría. Ahora existe una graduación donde se establece un tope máximo y no mínimo. El tope máximo que hoy considera el ministerio es de 40 UR para un núcleo unifamiliar; 60 UR para dos integrantes; 72 UR para tres integrantes; 84 UR para cuatro integrantes, y 96 UR para cinco o más integrantes. Quiere decir que hoy la normativa reglamentaria que existe en el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, en la Dirección Nacional de Viviendas, amplió el número de posibles hogares beneficiarios y generó una condición más comprensiva a los núcleos familiares –es decir, nosotros– que hoy es más beneficioso que lo que está establecido en el artículo 15. Y si seguimos viendo encontramos que hay normas que ya están en nuestro ordenamiento.

Con esto, la bancada oficialista quiere plantear que si bien queremos empezar a tratar el proyecto de ley, vamos a presentar sustitutivos artículo por artículo. Se va a votar negativamente muchos de los artículos y vamos a presentar los artículos sustitutivos.

                El proyecto sustitutivo que estamos proponiendo –ya fue entregado a la secretaría y fue distribuido a los señores senadores– habla de la creación del Instituto de Reforma Urbana y Hábitat. Por el trabajo realizado en esta comisión, creemos que es un instituto necesario. Es un instituto que toma como base algunos proyectos de ley que se presentaron en esta legislatura, como el del señor senador Bordaberry que habla de la creación del Meviur, que es una persona pública no estatal con competencia específica en los medios urbanos, y el proyecto presentado por el señor senador José Carlos Cardoso, que habla de crear un servicio descentralizado con competencia específica que atienda esta problemática. Lo que nosotros proponemos es crear el Instituto de Reforma Urbana y Hábitat como persona pública no estatal a partir del reordenamiento administrativo de tres programas que se están ejecutando, pero que consideramos que se deben focalizar en el territorio, como son el plan Juntos, el Plan de Mejoramiento Barrial, y el plan de Relocalización, que está en la órbita de la Dinavi que pasará a esta persona pública.

                Sabemos que estamos en período electoral, y en tal sentido queremos proponer que como este proyecto de ley es mucho más amplio, los artículos que refieren al reordenamiento administrativo, que serían las disposiciones contenidas en los Capítulos I a V de la presente ley, rijan a partir del 1.º de enero de 2021 en forma coincidente con el «Plan quinquenal de vivienda» que se apruebe en la Ley de Presupuesto nacional del período 2020-2025. Así, estamos cuidando la tradición política de nuestra república, en el sentido de que todos los programas de vivienda se establecieron en el plan quinquenal y en la ley de presupuesto. Luego, hay algunas disposiciones que son de aplicación inmediata. Estamos en época electoral y sabemos que en todos los programas políticos la vivienda es uno de los énfasis programáticos a los que nos estamos comprometiendo. Todos hablamos de crear personas públicas no estatales. Hemos escuchado hablar al presidenciable Lacalle Pou acerca de crear el Mevir urbano. Si bien tiene otro nombre, esto va en la lógica de crear una persona pública no estatal que focalice.

En nuestro programa de gobierno tenemos el compromiso de priorizar el doble del presupuesto en materia de vivienda; ya está definido seguir desarrollando programas exitosos, porque creemos que hay cosas exitosas en vivienda, como es todo lo que tiene que ver con las cooperativas; tenemos la meta de construir 10.000 viviendas –en el Plan quinquenal vamos construyendo 14.000–; tenemos algunos programas muy interesantes como el de autoconstrucción, el de préstamos, el programa de alquileres, que es otro de los programas desarrollados, entre otras cosas interesantes. Pero nosotros pensamos que si bien tenemos que seguir desarrollando esos programas, debemos focalizarnos y tener una estrategia en situaciones de vulnerabilidad social. No debemos tener solo la mirada en la vivienda, sino que de las charlas que hemos tenido con nuestros invitados hemos visto que hay que tener la mirada de la reforma urbana y el hábitat, de la vivienda y el hábitat, porque solo con la vivienda no se resuelve esta situación.

                Luego de esta presentación me gustaría que fuéramos viendo artículo por artículo.

SEÑORA PRESIDENTA.- Agradezco al señor senador Carrera por la exposición que hizo sobre la posición de su bancada con respecto al proyecto de ley que veníamos tratando, que era el de vivienda popular.

                Entiendo todo el trabajo que ustedes han hecho en la interna de su bancada, pero a través de nuestro coordinador nos llegó ayer de tarde la noticia de que tenían este proyecto. De manera que, sin desmerecer el trabajo que ustedes han hecho, el tema es que no tenemos claro el contenido del proyecto porque recién acabamos de acceder a él, y necesitamos un tiempo prudencial para que nuestros técnicos lo analicen, lo estudien y vean claramente si está reflejada allí la intención que tiene nuestro partido político para la emergencia en materia de vivienda que sufre el país.

                En definitiva, hoy no estamos en condiciones de dar nuestra opinión ni a favor ni en contra de lo que ustedes están planteando, por especial desconocimiento de lo que se propone. Lo que se está planteando es un nuevo proyecto y no un trabajo sobre lo que ya veníamos haciendo. Tiene un nuevo enfoque, una nueva visión, y en estas condiciones no podemos dar nuestra opinión favorable.

                Ustedes están en condiciones de avanzar en la propuesta que tienen. Nosotros respetamos su parecer. El Frente Amplio tiene mayoría en la comisión, es decir que aunque no estemos de acuerdo no podemos oponernos. De manera que hasta que nuestro partido político, nuestra bancada de senadores, no analice exactamente el contenido de esta propuesta, no estamos en condiciones de avanzar.

SEÑOR CARRERA.- Agradezco a la señora presidenta por el gesto de permitirnos avanzar. Nosotros tuvimos un ámbito de trabajo bicameral, es decir, integrado por diputados y senadores del Frente Amplio; tomamos con mucho compromiso y preocupación el análisis del proyecto de ley de vivienda popular, y luego de escuchar a los diferentes invitados y de revisar los proyectos de ley que se habían presentado, llegamos a este producto.

                Creemos que este producto es importante, porque estamos tomando la definición de priorizar la política pública de viviendas y estamos dejando una herramienta a la próxima administración para seguir profundizando al respecto.

                De manera que quería pedirle a la señora presidenta que se autorice a la secretaría a dar lectura al articulado.

SEÑORA PRESIDENTA.- Dejo constancia de que en estas condiciones nosotros no vamos a votar, y si ustedes deciden igualmente avanzar, será responsabilidad de vuestra bancada. Es decir que con el señor senador Cardoso, si él está de acuerdo, tal como nos indicó nuestro coordinador, nosotros no vamos a acompañar el proyecto y vamos a retirarnos de sala, porque no tiene sentido quedarnos.

 

(Ocupa la presidencia la señora senadora Ayala).

 

SEÑOR CARRERA.- Creo que, para que se quede tranquilo el señor senador Cardoso, el mejor procedimiento sería que la señora secretaria fuera poniendo en consideración los artículos y los fuéramos votando.

(Dialogados).

SEÑORA PRESIDENTA.- En definitiva, vamos a comenzar el tratamiento de este asunto, suprimiendo la lectura de los artículos.

                En consideración el artículo 1.º del proyecto de ley de vivienda popular tal como vino de la Cámara de Representantes.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –0 en 4. Negativa.

                En consideración el artículo 1.º, sustitutivo del que votamos negativamente recién; suprimimos la lectura.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –4 en 4. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En consideración el artículo 2.º del proyecto de ley   tal como vino de la Cámara de Representantes.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –0 en 4. Negativa.

                En consideración el artículo 2.º sustitutivo.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –4 en 4. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En consideración el artículo 3.º del proyecto de ley   tal como vino de la Cámara de Representantes.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –0 en 4. Negativa.

                En consideración el artículo 3.º sustitutivo.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –4 en 4. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En consideración el artículo 4.º del proyecto de ley   tal como vino de la Cámara de Representantes.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –0 en 4. Negativa.

                En consideración el artículo 4.º del capítulo II, «De la administración» del texto propuesto.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –4 en 4. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                En consideración el artículo 5.º del proyecto de ley tal como vino de la Cámara de Representantes.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –0 en 4. Negativa.

                En consideración el artículo 5.º sustitutivo.

Señalo que me gustaría plantear alguna modificación en el primer inciso de esta redacción, que diría así: «La Junta Directiva será el jerarca del Instituto de Reforma Urbana y Hábitat, se compondrá de tres miembros, dos de ellos serán designados por el Poder Ejecutivo, presidente en acuerdo con el MVOTMA, quienes serán honorarios y deberán tener reconocida solvencia técnica. El tercer miembro será el Director Nacional de Vivienda». En este primer inciso haríamos la modificación. Quiere decir que se agrega la palabra «presidente» y se eliminaría la frase «uno de los cuales la presidirá» porque, de hecho, estamos diciendo que de los dos miembros que plantea el ministerio uno de ellos va a presidirlo.

(Dialogados).

                –La redacción cambiaría nuevamente. 

                El primer inciso del artículo quedaría así: «La Junta Directiva será el jerarca del Instituto de Reforma Urbana y Hábitat, se compondrá de tres miembros, dos de ellos serán designados por el Poder Ejecutivo, presidente de la república, en acuerdo con el MVOTMA, uno de los cuales la presidirá, serán honorarios y deberán tener reconocida solvencia técnica. El tercer miembro será el Director Nacional de Vivienda».

                Es en el primer inciso donde hacemos la modificación. El resto queda redactado igual.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo sustitutivo.

(Se vota).

                –4 en 4. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                En consideración el artículo 6.º, tal como vino de la Cámara de Representantes.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –0 en 4. Negativa.

                En consideración el artículo 6.º sustitutivo.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –4 en 4. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                En consideración el artículo 7.º, tal como vino de la Cámara de Representantes.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –0 en 4. Negativa.

                En consideración el artículo 7.º sustitutivo.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –4 en 4. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                En consideración el artículo 8.º, tal como vino de la Cámara de Representantes.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –0 en 4. Negativa.

                En consideración el artículo 8.º sustitutivo.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –4 en 4. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                En consideración el artículo 9.º, tal como vino de la Cámara de Representantes.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –0 en 4. Negativa.

                En consideración el artículo 9.º sustitutivo.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –4 en 4. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                Me acota secretaría que en el literal E) de este artículo hay que poner «Toda otra tarea…».

                En consideración el artículo 10, tal como vino de la Cámara de Representantes.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –0 en 4. Negativa.

                En consideración el artículo 10 sustitutivo.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –4 en 4. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                En consideración el artículo 11, tal como vino de la Cámara de Representantes.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –0 en 4. Negativa.

                En consideración el artículo 11 sustitutivo.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –4 en 4. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                En consideración el artículo 12, tal como vino de la Cámara de Representantes.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –0 en 4. Negativa.

                En consideración el artículo 12 sustitutivo.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –4 en 4. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                En consideración el artículo 13, tal como vino de la Cámara de Representantes.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –0 en 4. Negativa.

                En consideración el artículo 13 sustitutivo.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –4 en 4. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                En consideración el artículo 14, tal como vino de la Cámara de Representantes.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –0 en 4. Negativa.

                En consideración el artículo 14 sustitutivo.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –4 en 4. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                En consideración el artículo 15, tal como vino de la Cámara de Representantes.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –0 en 4. Negativa.

                En consideración el artículo 15 sustitutivo.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –4 en 4. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                En consideración el artículo 16, tal como vino de la Cámara de Representantes.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –0 en 4. Negativa.

                En consideración el artículo 16 sustitutivo.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –4 en 4. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En consideración el artículo 17, tal como vino de la Cámara de Representantes.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –0 en 4. Negativa.

                En consideración el artículo 17 sustitutivo.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –4 en 4. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                En consideración el artículo 18, tal como vino de la Cámara de Representantes.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –0 en 4. Negativa.

                En consideración el artículo 18 sustitutivo.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –4 en 4. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En consideración el artículo 19, tal como vino de Cámara de Representantes.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –0 en 4. Negativa.

                Hay un sustitutivo para el artículo 19. Como redacción alternativa del segundo inciso propongo la siguiente: «Los bienes inmuebles que no se realizaren en el proceso de herencia yacente, ingresarán al patrimonio del Estado, estarán bajo la Administración del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA), y se destinarán al desarrollo de sus políticas de vivienda» Si les parece hacemos esa modificación.

                A su vez, el sexto inciso diría: «El resto del producto de las herencias yacentes se destinará, salvo en lo previsto en los incisos anteriores, a financiar programas de gastos e inversiones de la Administración Nacional de Educación Pública.»

                En consideración el sustitutivo del artículo 19 con las correcciones que se introdujeron ahora.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –4 en 4. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                En consideración el artículo 20 tal como vino de la Cámara de Representantes.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –0 en 4. Negativa.

                En consideración el sustitutivo del artículo 20.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –4 en 4. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                En consideración el artículo 21 tal como vino de la Cámara de Representantes.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –0 en 4. Negativa.

                En consideración el sustitutivo del artículo 21.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –4 en 4. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                En consideración el artículo 22 tal como vino de la Cámara de Representantes.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –0 en 4. Negativa.

Hay un artículo sustitutivo del 22, presentado por el señor senador Carrera.

SEÑOR CARRERA.- Creemos que es oportuno incorporar al proyecto de ley la carpeta 1324/2019, para cuya consideración ya hemos recibido la visita de los representantes de la Dirección Nacional de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, que refiere a bienes inmuebles vacíos o sin uso propiedad del Estado. Es así que proponemos el siguiente artículo sustitutivo del 22: « Los bienes inmuebles urbanos y suburbanos de los organismos del Estado central, de los entes autónomos y de los servicios descentralizados, que estén vacíos o sin uso, quedarán transferidos de pleno derecho y pasarán a ser administrados por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, con destino a la gestión de los cometidos asignados a la Dirección Nacional de Vivienda».

                Este texto se fundamenta en que para impulsar la política pública de vivienda necesitamos una cartera pública potente y sabemos que hoy existen bienes inmuebles vacíos y sin uso, suficientes –como me acota el señor senador Cardoso–, que deberían ser transferidos a la Dirección Nacional de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, en consonancia con el artículo  21, mediante el cual proponemos crear en la órbita del ministerio, la Dirección Nacional de Tierras de Propiedad Pública. Cabe aclarar que una de las fuentes de este artículo es un proyecto presentado por el señor senador Bordaberry.

SEÑORA PRESIDENTA.- En consideración el artículo 22 sustitutivo.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –4 en 4. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En consideración el artículo 23, tal como fue aprobado en la Cámara de Representantes.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                ­–0 en 4. Negativa.

                Hay un sustitutivo del artículo 23, presentado por el señor senador Carrera.

SEÑOR CARRERA.- En consonancia con los artículos 21 y 22, creemos que hay que darle un cometido a la Dirección Nacional de Catastro para que se cumpla realmente el designio del Parlamento nacional, que es que los bienes sin uso pasen con fines a la vivienda pública. Para ello proponemos la siguiente redacción: «La Dirección Nacional de Catastro relevará, por períodos semestrales, los bienes inmuebles de los organismos del Estado central, de los entes autónomos y de los servicios descentralizados, que estén vacíos o sin uso, y deberá comunicarlo, según cada caso, al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, que deberá cumplir con lo previsto en el artículo 530 de la Ley n.º 15903, de 10 de noviembre de 1987 (artículo 84 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado).»

SEÑORA PRESIDENTA.- En consideración el artículo 23 sustitutivo.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –4 en 4. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                En consideración el artículo 24, tal como vino de la Cámara de Representantes.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                ­–0 en 4. Negativa.

                Tenemos un sustitutivo del 24, presentado por el señor senador Carrera.

SEÑOR CARRERA.-  La redacción propuesta es la siguiente: «La presente ley operará como título y modo de la traslación de dominio en los casos que corresponda y bastará, para la respectiva inscripción en la sección inmobiliaria del Registro de la Propiedad con un testimonio de esta disposición, el que podrá ser complementado por un certificado notarial que contenga los datos pertinentes para el correcto asiento registral».

A modo de fundamentación podemos decir que en su momento hicimos la consulta jurídica a los servicios del Parlamento nacional. ¿Por qué proponemos que esta ley opere como título y modo traslación? Porque en un Estado de derecho, en una república, el único organismo que puede definir la propiedad es el Parlamento nacional. Por esa razón proponemos este artículo a los efectos de que se cumpla el designio que estamos buscando; pretendemos impulsar la política pública de vivienda y crear una dirección de tierras públicas porque queremos que los bienes sin uso del Estado –es decir, del Poder Ejecutivo, de los entes autónomos y de los servicios descentralizados– pasen al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente para ser utilizados con una finalidad de interés general, como es la construcción de viviendas.

SEÑORA PRESIDENTA.- En consideración el artículo sustitutivo del 24 propuesto por el señor senador Carrera.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar

(Se vota).

                –4 en 4. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                En consideración el artículo 25, tal como vino de la Cámara de Representantes.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –0 en 4. Negativa.

                En consideración el artículo sustitutivo, cuyo texto encontrarán marcado con rojo en el proyecto de ley y que dice lo siguiente:

                «Artículo 25.- Las disposiciones contenidas en los capítulos I) a V) de la presente Ley regirán a partir del 1.º de enero de 2021, en forma coincidente con el Plan Quinquenal de Vivienda que apruebe la Ley de Presupuesto Nacional para el período de gobierno 2020 – 2025».

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –4 en 4. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                Propongo al señor senador Carrera como miembro informante.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –3 en 4. Afirmativa.

(Se suspende momentáneamente la toma de la versión taquigráfica).

                Se levanta la sesión.

(Son las 17:45).

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.